Bajo salario mínimo en México es inconstitucional: Demandan a la Conasami ante la SCJN

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Los criterios para definir el aumento al salario mínimo deben ser los derechos humanos y no los económicos.

Regeneración, 09 de diciembre de 2016.- La semana pasada la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) dio a conocer el aumento de 7 pesos diarios al actual salario mínimo, con lo que se llega a una percepción de 80 pesos diarios.

Algunos actores políticos se congratularon por el aumento: el presidente, Enrique Peña Nieto, se felicitó y dijo que “es la primera vez en 40 años que hay una recuperación real del salario mínimo del 15%”, mientras que el jefe de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, con los brazos en alto dijo sobre este aumento “Ya ven que sí se puede”.

Sin embargo, un grupo de abogados conoció la situación de la señora María de la Luz Gregorio, que labora percibiendo el salario mínimo, y quien solicita que los criterios para definir el aumento al salario mínimo deben ser los derechos humanos y no los económicos.

La señora María de la Luz Gregorio, está a punto de cumplir cincuenta años y trabaja para mantener a dos hijos pequeños, labora en la limpieza de un restaurante de la Ciudad de México percibiendo el salario mínimo, por lo que tiene que trasladarse a la limpieza de hogares para poder sacar lo del día.

Cuando realizaba su labor de limpieza en el restaurante comenzó un diálogo con algunos clientes, quienes resultaron ser abogados. La señora Gregorio les comentó su situación y les hizo saber su preocupación “¿qué pensión voy a tener? ¿Qué voy a hacer cuando ya no pueda venir a trabajar?”.

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Los litigantes decidieron retomar la preocupación de la señora Luz Gregorio y plantear el caso del salario mínimo como algo que va más allá de lo económico: “es un asunto de dignidad”, indicaron.

Jaime Araiza, uno de los abogados de la señora Gregorio, explica que “la Conasami incumple el artículo 123 de la Constitución y varios tratados internacionales en materia de derechos humanos”.

Para el litigante, “el inciso VI del artículo 123 de la carta magna mexicana dice que “los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”. Con dos hijos pequeños, Araiza pensó que la señora Gregorio tenía mucho que ganar en los tribunales”.

Un juez laboral deshechó su primera demanda, por lo que decidieron presentarla ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Araiza afirma que en su la SCJN marcará el camino a seguir: “Por un lado, argumentarán si la Conasami debe tener en cuenta los tratados internacionales en materia de derechos humanos que México ha firmado, a la hora de fijar el salario mínimo. Por otro, dirán si la Conasami es un órgano de Gobierno que se debe o no a la Constitución”. Es decir, si una ciudadana como la señora Gregorio puede apelar a la carta magna contra un acuerdo sobre su sueldo que no le conviene.

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Por otro lado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), considera que el salario mínimo aún y con el aumento de siete pesos, es insuficiente para adquirir la canasta básica.

Para CNDH “Los derechos humanos deberían tener algo que ver” y no sólo los económicos para definir el salario mínimo.

“La segunda sala del máximo tribunal discutirá el escrito de Araiza y su representada a principios del próximo año. Si les dan la razón, la causa volverá al juez laboral para que discuta el fondo y no la forma. Y sentaría un precedente para que otros ciudadanos disconformes se levanten contra la pobreza que viven por decreto”.

 

Con información de El País

http://internacional.elpais.com/internacional/2016/12/08/mexico/1481224214_357441.html