El gobierno protege a mineras de las protestas de pueblos indígenas

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El gobierno mexicano defiende a la minería como de “utilidad pública” y cuestiona, con argumentos absurdos y racistas, los derechos de las comunidades indígenas para frenar las explotaciones mineras contaminantes y destructoras del territorio, el agua y los bosques

Por Leticia Ánimas

Regeneración, 16 de noviembre de 2015. Huauchinango, Puebla. Frente a las acciones de las comunidades indígenas, jurídicas o de otra índole, en defensa de su territorio, el gobierno mexicano ha respondido actuando como protector de los intereses empresariales, usando argumentos absurdos e ilegales, o criminalizando a los pobladores, aseguró Itzel Silva de Fundar, Centro de Análisis e Investigación.

Al dar un informe sobre el estado que guardan los Juicios de Amparo que tramitan comunidades de Cuetzalan e Ixtacamaxtitlan contra las concesiones otorgadas a Minera Autlán y Almaden Minerals por considerar que fueron expedidas aplicando la “anticonstitucional” Ley Minera expedida en 1992 y por violar los derechos al territorio y la consulta, la abogada indicó que diversas dependencias del gobierno federal actúan con parcialidad favoreciendo a las empresas.

En sus informes ante el Juez de Distrito, el Estado mexicano consideró a la minería como de “utilidad pública”; alega violaciones a su derecho de explotar “bienes públicos”; cuestiona la identidad indígena de las comunidades y hasta asegura que las afectaciones por las actividades extractivas no impactarán en el “suelo, porque las concesiones fueron otorgadas sobre lo que hay en el subsuelo y lo que se va a afectar es propiedad de la Nación, no de los pueblos”, explicó.

Silva puso como ejemplo que la Secretaría de Economía (SE) se inconformó por la suspensión ordenada por el Juez de Distrito para que no hubiera actividades mineras en Ixtacamaxtitlán, hasta que se resuelva el Amparo, alegando que se causa perjuicio al interés social y a las disposiciones de orden público porque se “obstaculiza el derecho del Estado mexicano para explotar los bienes públicos”, es decir, los minerales.

La SE, agregó, dice que la Ley Minera tienen finalidad de tutelar derechos de la colectividad, “el problema es que el gobierno no explica a qué colectividad se refiere y defiende a las empresas privadas. El gobierno no habla de los derechos de las comunidades, sino de las mineras.”

El gobierno, alegó también alegan que ya caducó el derecho de las comunidades para solicitar el Amparo debido a que está fuera de tiempo, pues “al haber visto a gente trabajando en su territorio desde hace dos años, sabía de las actividades de las empresas, aunque no hubieran sido informados formalmente”.

“Además se dijo que no hay afectación al territorio, porque las concesiones fueron otorgadas sobre el subsuelo, no sobre el suelo son para la explotación de lo que está abajo y no lo de arriba y lo que se va a afectar es propiedad de la nación, no de la comunidad. Por lo que estos argumentos resultan absurdos, son simplones y no tienen sentido común. Porque las comunidades no se refieren a la superficie, sino que lo que tiene que ver con los recursos naturales”, explicó.

En defensa de las empresas mineras, las autoridades consideraron que los pueblos demandantes del Amparo no han probado su condición de “indígenas, porque no han demostrado su vínculo con su territorio ancestral ni que tienen conciencia de su identidad”; y añadieron que no tenían obligación de consultar a las comunidades, porque la Ley Minera fue expedida en 1992 y la reforma constitucional sobre derechos indígenas se hizo en el 2001.

“El problema -dijo la abogada – es que al gobierno se le olvida que el Convenio de 169 de OIT fue suscrito por México el 5 de septiembre de 1990, y la entrada en vigor obligatoria para nuestro país es en ese mismo año”.

Como dato curioso añadió que en estos informes justificados puede observarse que el gobierno mexicano ha usado estos mismos argumentos en otros casos de comunidades defendiendo su territorio, pues en el expediente del Juicio de Amparo de los poblanos pueden leerse que la Cámara de Senadores y la Comisión de Regulación Minera hace mención a la ley de servicio público de Zacualpan, en Colima. Así que “copiaron y pegaron argumentos que han alegado en otros a casos”.