Muerte de familiares tendrán días libres con goce de sueldo

Los legisladores aprobaron esta iniciativa pero no son capaces de defender garantías que los trabajadores han conquistado a través de los años.

 

funeral

Regeneración 08 de mayo de 2016.- La Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, entre las que destacan la obligatoriedad del patrón de otorgar una licencia por tres días ante el luto de los empleados; y la prohibición de discriminar a un empleado por su edad.

El pleno avaló adicionar una fracción al artículo 132 de la normatividad laboral para incluir la obligación de dicho permiso por al menos tres días hábiles con goce de sueldo, a los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario. Y la licencia correrá de manera inmediata al deceso.

Actualmente, tal derecho no existe en la Ley Federal del Trabajo y sólo se otorga licencia por nacimiento de un hijo.

Ante la muerte de un familiar directo, el trabajador deberá justificar el evento y dispondrá de 15 días hábiles para presentar al patrón o a quien éste designe, el acta de defunción correspondiente.

Empleados del sector público, acogidos en el régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y de la Suprema Corte de Justicia la Nación (SCJN) gozan de este derecho.

La exposición de motivos del documento destaca que hay patrones o entidades públicas que otorgan, fuera de la ley, días de permiso con goce de sueldo, dada la empatía que pueden llegar a sentir por el empleado.

Sin embargo, advierte, “también se dan los casos en los que los trabajadores no son del agrado de sus mandos inmediatos y sólo reciben permisos sin goce sueldo y muchas veces ni siquiera eso”. En consecuencia, “debe ser la ley la que los ampare y garantice este derecho, mismo que no tiene que depender de la empatía o de la ausencia de ella”, concluye el documento.

En este paquete de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo se ratificó la reforma al párrafo segundo del artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo para prohibir la discriminación en el ingreso, permanencia, promoción y ascenso entre los trabajadores por motivo de edad.

Las minutas fueron enviadas al Senado de la República para su análisis y discusión.

Pese a que este derecho laboral es una buena iniciativa, los legisladores deberían garantizar que los derechos laborales que los trabajadores han conquistado a lo largo de los años no sean disminuidos por solventar las exigencias internacionales.

Vía 24 horas