La contrareforma financiera

Ya fue promulgada por Peña la Reforma Financiera. A partir de esta fecha se aplicará cárcel a los deudores de tarjetas de crédito. Aunque el discurso oficial habla de beneficios, en los hechos, le otorga a los bancos los recursos legales para que recuperen sus créditos mediante embargos, arraigos, cárcel. Antes nadie podía ir a prisión por una deuda de carácter civil. Ahora es legal.

Por Esther Alvaradotarjetas

 El Senado aprobó una más de las Reformas regresivas, una contrarreforma financiera, cuyo objetivo es castigar y criminalizar a los deudores de la banca. ¿A quién beneficia esta Reforma? Es claro que se diseñó para proteger los intereses de los banqueros y que afectará a la gran mayoría de la población. Los bancos podrán tramitar el arraigo domiciliario, cárcel o embargo para que los deudores les paguen.

El paquete de reforma incluye la creación de un “Catálogo de medidas judiciales” cuyo fin es evitar la morosidad o la evasión de pago de los créditos recibidos por los bancos. Con esto, se va a facilitar el cobro fast track de las deudas mediante juicios mercantiles que incluyen el arraigo domiciliario de los deudores, ahora llamado “radicación de persona”. Esta medida precautoria, se impone en el Código de comercio y se equipara al delito de desobediencia de particulares impuesto en el Código Penal y ésto se va a completar con la retención de los bienes del deudor, una vez que se haya iniciado un juicio mercantil en su contra.

Con esta Reforma se protege a los Bancos y se deja en desamparo a los deudores pues podrán perder su libertad e ir a la cárcel. En cambio, a los bancos no les ponen límites ni restricciones y seguirán con las tasas y comisiones que ellos determinen y que sigan abusando y exprimiendo a los deudores con intereses abusivos y con el inhumano negocio usurero.

Los bancos y las instituciones financieras van a poder recuperar los préstamos y también podrán evitar que los deudores “se escondan”, al crearse nuevas figuras jurídicas que se conocerán con el nombre de: “radicación de personas” y “retención de bienes”.

El Código de Comercio, contenido en la Reforma, supone reglas para “crear condiciones más favorables para el acceso a créditos y la ejecución de las garantías, mediante el otorgamiento de mayor certeza jurídica”. Avalan “marcaje a deudores, para evitar la mora”. ¿Qué significa todo esto? Que los bancos, por una parte, harán que la gente se enganche más fácilmente para pedirles créditos y una vez que éstos concedan esos préstamos, estarán sujetos a una serie de abusos, chantajes, presiones y despojo por parte de las instituciones bancarias, a través de actividades de usura legalizadas por la Reforma de Peña.

Aunque se diga que también habrá candados para que no haya cobros excesivos, no se ponen límites claros a la práctica abusiva del cobro de comisiones e intereses. También se habla de fortalecer la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios deservicios Financieros (Condusef), sin embargo no queda claro de qué manera podrá esta Comisión proteger a los deudores, si están aprobando una ley que dice que “quien quebrante la providencia de radicación de persona será castigado con la pena que señala el Código Penal respectivo al delito de desobediencia a un mandato legítimo de la autoridad pública, sin perjuicio de ser compelido por los medios de apremio que correspondan a volver al lugar del juicio”.

Por una parte hablan de facilitar el acceso a créditos, pero hay una amenaza latente cuando señalan que habrá “ejecución de garantías, mediante el otorgamiento de mayor certeza jurídica a las partes que participan en la celebración de contratos de financiamiento y la recuperación de los recursos destinados a los mismos, con lo cual se mejorará la actividad crediticia en el territorio nacional y se establecerán las condiciones adecuadas para un mejor y más eficiente desarrollo de negocios”.

En los juicios mercantiles se podrá dictar la “radicación de personas, cuando hubiere temor fundado de que se ausente u oculte la persona contra quien deba promoverse o se haya promovido una demanda”; se “reducirá a prevenir al demandado que no se ausente del lugar del juicio sin dejar representante legítimo instruido y expensado, para responder a las resultas del juicio”, esto es una forma de arraigo domiciliario.

La retención de bienes se aplicará cuando exista “el temor fundado de que los bienes que se hayan consignado como garantía, se dispongan, se oculten, dilapiden, enajenen o sean insuficientes”. ¿Significa que van a embargar bienes como garantía?

La reforma financiera también autoriza la participación de más inversión extranjera, fomenta la competencia entre la banca y entidades financieras. ¿Para qué si en México, ya más del 85 por ciento del capital financiero es extranjero?

Esta reforma es un abuso, una trampa, no es banca para el desarrollo, es dar facultades a los banqueros para que ellos fijen tasas, plazos, intereses, condiciones para los créditos a los más vulnerables que son las micro, pequeñas y medianas empresas, así como los pequeños productores campesinos. Es legalizar la usura, la injusticia, profundizar la desigualdad social, despojar impunemente a la gente.

El pueblo de México habrá de unirse para combatir estas injusticias, unidos podremos enfrentar estas Reformas impulsadas por el gobierno del PRIAN, luchando por mantener a salvo nuestros derechos y echar abajo la estas nuevas leyes que sólo dañan y empobrecen más a la población.

Esther Alvarado