Documentan rebase en el tope de campaña por parte de PRI-PVEM

El PAN documentó que el PRI y el PVEM en coalición, así como ellos solos y sus candidatos realizaron la contratación masiva de espectaculares y propaganda fija que incluía mensajes institucionales y a favor de diversos candidatos

pri-pvem

Regeneración, 24 de junio del 2015.-El Partido Acción Nacional presentó una queja ante la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra el PRI, PVEM y la coalición conformada, así como contra los candidatos que resulten responsables por rebasar el tope de gastos de campaña en espectaculares contratados en distintas partes del país.

De acuerdo con el PAN en el mes de abril se tiene una contabilidad de alrededor de 2 mil 150 carteleras; mientras que de mayo se tienen en promedio mil 800.

La queja fue presentada por el representante del PAN ante INE, Francisco Gárate Chapa, con información recopilada por la tesorería nacional panista, a cargo de Carlos Olson SanVicente.

“Considerando el costo promedio de los espectaculares que debe determinar la autoridad electoral, es claro que estos partidos políticos rebasaron el tope de gastos de campaña, que es de 1 millón 260 mil por distrito”, señaló Gárate Chapa.

Entre los lugares que se colocaron espectaculares están municipios como Tijuana, Baja California; León, Guanajuato; Morelia, Michoacán; Cuernavaca, Morelos; en los estados de Campeche, y en el Estado de México, entre otros.

Acción Nacional recordó que el nuevo régimen jurídico electoral mexicano contempla inclusive la causal de nulidad de elección a nivel constitucional por el rebase del tope de gasto de campaña aprobado por el órgano electoral. También se establece que será sancionado con la cancelación del registro en cuestión.

Ante ello, el PAN solicitó al INE que se integre un razonamiento que atienda los artículos 27 y 28 del Reglamento de Fiscalización que habla de la forma de calcular los gastos no reportados, subvaluados y sobrevaluados.

Asimismo urgió al INE a resolver el recurso de manera urgente y expedita, a fin de que exista certeza jurídica y se evite con ello consumar el acto de modo irreparable.

Con información de: El Financiero 240615