Desde hoy es legal el uso medicinal y científico de la marihuana en el país

Este martes entran en vigor los cambios a la Ley General de Salud que permiten el uso de derivados de la marihuana con propósitos medicinales y de investigación científica. Ahora está permitido en el territorio la siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana únicamente con dichos propósitos.

Regeneración, 20 de junio de 2017.- Hoy entran en vigor los cambios a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, por los cuales se permite el uso de derivados de la marihuana con propósitos medicinales y de investigación científica, esto, luego de dos años de que resurgió la discusión en el país sobre la legalización del uso de la planta.

En el decreto publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación señala que la fabricación de medicamentos con derivados del cannabis, en específico tetrahidrocannabinol (THC), sus isómeros y variantes estereoquímicas dependerá de la evaluación que realice el Consejo de Salubridad General sobre los resultados de las investigaciones que se tendrán que realizar en el país.

La Secretaria de Salud tiene desde hoy, un plazo de 180 días para emitir el reglamento y la norma en la materia, respecto de los derivados de la cannabis sativa, índica y americana o mariguana.

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Así, la ley incluirá en el grupo uno a los cannabinoides sintéticos, entre las sustancias sicotrópicas sujetas de control que tienen valor terapéutico escaso o nulo, pero cuyo uso indebido representa un problema especialmente grave para la salud pública.

El tetrahidrocannabinol, en concentraciones mayores a uno por ciento, con los isómeros 6a (10a), 6a (7), 7, 8, 9, 10, 9 (11) y sus variantes estereoquímicas se agregó al grupo dos.
En el caso del grupo cuatro, se incorpora la misma sustancia y derivados, pero en concentraciones iguales o menores a uno por ciento.

Refiere que los productos que contengan derivados del cannabis en concentraciones de uno por ciento o menores de THC y que tengan amplios usos industriales, se podrán vender, exportar o importar siempre que cumplan con los requisitos de la regulación sanitaria.

Sobre la importación de sustancias sicotrópicas, productos o preparados que contengan estos derivados de cannabis, serán autorizados por la Ssa. En ese rubro entran los suplementos alimentarios que desde finales de 2015 se han importado, con la autorización de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en particular a partir de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de la demanda interpuesta por la familia de la niña Grace, quien vive con epilepsia de difícil control.

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En cuanto a la reforma del Código Penal Federal, ahora está permitido en el territorio la siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana únicamente con propósitos médicos y científicos.

Con información de La Jornada