Reinicia juicio de amparo de Mario Aburto por tortura

El Juzgado reiniciará el juicio, informará a las partes- Salinas y Beltrones entre ellas- y les dará oportunidad de defenderse

Regeneración, 1 de abril 2026– Este martes, el Octavo Tribunal Colegiado en materia penal del primer circuito mandó reiniciar el juicio de amparo que inició Mario Aburto, quien confesó haber asesinado al excandidato presidencial, Luis Donaldo Colosio, después de que una Jueza decidiera no investigar la posible tortura que sufrió tras su arresto.

Decisión anulada

Esta instancia judicial anuló la decisión de la Jueza Paloma Xiomara González, quien está al frente del Juzgado Segundo de Distrito en materia penal.

Esto se da porque se infringieron las normas que guían el procedimiento en el trámite del amparo.

Según esta resolución, el proceso que desestimó la denuncia presentada por Aburto no incluyó a los «terceros interesados».

Esto se refiere a quienes fueron señalados por el denunciante como responsables de su tortura después de ser arrestado por el crimen en Lomas Taurinas, Baja California.

Resolución

“Del análisis de los antecedentes relatados en el estudio del presente asunto se identificó una violación a las normas que rigen el procedimiento dentro del juicio de amparo.

Porque no fueron emplazados los terceros interesados; al haberse resuelto bajo estas condiciones, lo que se propone es revocar la sentencia recurrida.

Y ordenar la reposición del procedimiento para que el juzgado de distrito deje insubsistente la audiencia constitucional.

Reconozca el carácter de terceras interesadas a las personas que tienen el carácter de indiciadas en la averiguación previa de origen.

Las emplace para que estén en posibilidades de alegar lo que a su derecho convenga y de continuidad a la tramitación del juicio de amparo”, resolvió el Tribunal.

Reiniciar proceso

Por ello, el tribunal invalidó la sentencia anterior y ordenó reiniciar el proceso, esta vez involucrando a todas las partes.

La Magistrada Nelly Montealegre Díaz comentó que el artículo cinco de la Ley de Amparo establece que estas personas deben estar presentes en el juicio para poder defenderse.

Al no seguirse el debido proceso, todo el trámite se considera inválido, indicó la funcionaria.

En junio de 2025, la Jueza Paloma Xiomara González desestimó el recurso solicitado por el detenido al argumentar que las acusaciones de tortura que presentó eran “novedosas”.

Determinación de invalidez

Esto significa que no se hicieron en las etapas anteriores del proceso penal original, por lo que González determinó que no eran válidas.

Además, la Jueza fundamentó su decisión en conclusiones de la Fiscalía General de la República (FGR) en 2024.

La Fiscalía afirmó que no existían pruebas que demostraran que Aburto hubiera sido torturado durante su arresto y traslado a la Ciudad de México.

Posibles investigaciones

Esta decisión abre la posibilidad de que la FGR inicie una investigación contra el expresidente de México, Carlos Salinas de Gortari.

De la misma manera que una relacionada con el antiguo gobernador de Sonora, Manlio Fabio Beltrones.

A los que Aburto Martínez señala de haberlo torturado después de su arresto en Lomas Taurinas, Tijuana, en marzo de 1994.