El proyecto plantea separar al Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PENSIONISSSTE) del Instituto para convertirse en una empresa de participación mayoritaria.
Para ello propone:
1) indicar que dicha empresa tendrá por objeto la administración de los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores
2) precisar que los bienes, derechos y obligaciones, así como el presupuesto del PENSIONISSSTE se traspasarán a la nueva sociedad
3) establecer que las cuentas individuales de los trabajadores se abrirán únicamente mediante una administradora elegida a su elección; y, 4) resaltar que dicha empresa estatal contará con un Consejo de Administración integrado por: a) cuatro representantes del gobierno federal; b) tres representantes nombrados por las organizaciones de trabajadores al servicio del Estado; y, c) seis consejeros independientes designados por el Ejecutivo federal.
Para ello se modifican los artículos 5, 6, 19, 54, 76, 78, 79, 87, 91, 93, 95, 97, 98, 102 Bis, 103-113, 146, 192, 209, 214, 220 y los Transitorios Décimo Primero, Vigésimo Segundo y Cuadragésimo Séptimo de la Ley del ISSSTE.