Juez autorizó continuar construcción del Metrobús Reforma

Advierte que esta obra debe implicar cero afectación en las áreas esenciales protegidas y mínima intervención en las zonas tangenciales o adyacentes, de la Avenida Paseo de la Reforma, del Bosque de Chapultepec, de su periferia y de los demás monumentos que ahí se encuentran.

Regeneración, 29 de junio del 2017.-Juez autoriza continuar construcción del metrobus Reforma El Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, resolvió que es posible continuar con la construcción del Metrobús Reforma, después de que el gobierno de la Ciudad de México obtuvo la autorización general del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), con lo que se regularizó la situación legal de las obras en ese aspecto.

El Juzgador determinó negar la suspensión definitiva solicitada por la parte quejosa en relación con el cese total de la construcción de la Línea 7 del Metrobús Reforma, y determinó que es posible continuar la construcción del carril respectivo y de las estaciones correspondientes con un diseño de bajo impacto en las zonas adyacentes y tangenciales del Bosque y de Paseo de la Reforma, en los términos de la reciente autorización del INAH.

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Advierte que esta obra debe implicar cero afectación en las áreas esenciales protegidas y mínima intervención en las zonas tangenciales o adyacentes, de la Avenida Paseo de la Reforma, del Bosque de Chapultepec, de su periferia y de los demás monumentos que ahí se encuentran.

El juez determinó que la reciente autorización general del INAH y los artículos 4 y 27 constitucionales; del artículo 36, fracción I, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; y de los artículos 6 a 9 Ley General de Bienes Nacionales, obliga a las autoridad de la Ciudad de México a salvaguardar –en el desarrollo de la construcción del Metrobús Reforma- las zonas del Bosque de Chapultepec y la estructura urbana esencial del Paseo de la Reforma.

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El Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa determinó que las autoridades y la Asociación Civil defienden intereses constitucionalmente protegidos; por un lado, la autoridad pretende desarrollar el servicio de transporte público en beneficio de la colectividad, mientras que la parte quejosa pretende salvaguardar el medio ambiente y los bienes del dominio público.