Las victimas de acoso en Puebla podrán denunciar a su agresor siempre y cuando presenten alguna fotografía o testigo; los infractores serán arrestados por 36 horas o deberán pagar una multa de hasta ocho mil pesos.
Regeneración, 19 de agosto e 2018. En Puebla se aprobó castigar con 36 horas de arresto y una multa de hasta ocho mil pesos a quienes cometan algún acto de acoso en esta ciudad.
Pero para que los agresores sean castigados, las víctimas deberán presentar pruebas como fotografías, algún o un testigo, o que los agresores sean vistos por la policía municipal.
El artículo 209 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla se reformó, ahora estipula que en las 36 horas de detención los infractores recibirán un curso de sensibilización para que no incurran nuevamente algún acto de esa naturaleza y también faculta al Instituto Municipal de las Mujeres para que emprenda las acciones necesarias para combatir el acoso callejero, indica Periódico Central.
Se considera acoso callejeros los gestos obscenos, miradas lascivas, expresiones verbales de tipo sexual (palabras, comentarios, insinuaciones, jadeos, silbidos, besos, o cualquier sonido de carácter sexual), abordajes intimidantes, exhibicionismo corporal, masturbación, persecución a pie o en medios de transporte, tocamientos indebidos, roces, opresión de genitales contra el cuerpo, invitaciones comprometedoras o de carácter sexual, solicitud o insinuación de favores sexuales , captación de imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, mostrar videos o fotografías pornográficas, hacer sonar la bocina del auto con intención de llamar la atención y llevar a cabo cualquiera de las conductas anteriores.