Comunidades zapotecas exigen a SCJN no validar parque Eólica del Sur

De no analizar el caso bajo estándares internacionales sobre consulta previa a pueblos originarios, SCJN podría resolver el despojo de tierras para favorecer al Parque Eólica del Sur, en Oaxaca

Regeneración, 27 de octubre de 2018.- El próximo fallo que emitirá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el parque Eólica del Sur podría sentar precedente que respalde a quienes luchan contra este tipo de megaproyectos en México. No obstante, las comunidades zapotecas originarias temen que el fallo se dé a partir del análisis parcial que presenta el proyecto de sentencia.

Así lo señalaron la defensora Lucila Bettina Cruz Velázquez, de la comunidad binni’zaa en Juchitán, Oaxaca, así como diversas organizaciones nacionales e internacionales, quienes añadieron que los ministros de la SCJN sesionarán el próximo 31 de octubre para resolver si se violaron o no los derechos humanos de dicha comunidad zapoteca en el Istmo de Tehuantepec.

La defensora de la tierra representa a más de mil pobladores afectados por el megaproyecto del parque Eólica Sur. Señaló que, aun cuando se dijo que se había realizado una consulta previa con la comunidad sobre la instalación del megaproyecto, en realidad no fue así:

“Previamente ellos ya han hecho los contratos con la gente, ya entregaron el territorio con las empresas, ya han otorgado los permisos para la producción de energía, han autorizado las manifestaciones de impacto ambiental”.

Si la SCJN determina dar luz verde al megaproyecto, Eólica del Sur sería el parque eólico más grande de América Latina con un total de 5 mil 332 hectáreas, 396 megawatts, y 132 aerogeneradores.

Por su parte, Felipe Romero, representante del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, dijo que el proceso de consulta no ha sido del agrado de la sociedad civil ni de organismos internacionales como las Relatorías de Pueblos Indígenas, Derechos Humanos, y la del Derecho Humano al Agua, entre otras: “Esta consulta no fue libre, no fue previa, no fue culturalmente adecuada.

El caso en manos de la SCJN

Cada vez más medios voltean hacia este caso, ya que podría sentar precedente respecto a la fase de consulta previa que debe existir en todo tipo de proyectos, como los de minería, energéticos, o turísticos.

La agencia Cimacnoticias señala que el primer amparo que la comunidad binni’zaa interpuso ante la corte en septiembre de 2015, estuvo a cargo del juez del distrito de Salina Cruz, hasta que, en enero 2018, el caso fue atraído por la SCJN.

Felipe Romero informó que las y los defensores ambientales se enteraron de que el proyecto de sentencia del máximo tribunal de la nación “no es favorable para la comunidad porque prácticamente es lo mismo que proponía el Juez del Distrito en Salina Cruz”, y añadió que el primer borrador de sentencia no aborda problemas de fondo, ya que considera que la consulta previa es “como un mero trámite, una serie de pasos sucesivos donde primero no importa si tengo permisos o no, convoco, doy información y celebro el proceso para tener el consentimiento”, por lo que las comunidades no cuentan con un margen de acción para defenderse.

La empresa aún no había puesto la primera piedra, «pero sí prácticamente terminaron la planificación, con permisos incluidos, lo cual significó que las personas consultadas ya no podían hacer nada contra el parque», denunció Edmundo del Pozo, representante de la organización Fundar, Centro de Análisis e Información.

Agregó que ello significa una clara violación a las convenciones internacionales, y ejemplificó el hecho con un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre un caso similar en Ecuador, donde determinó que la consulta debe llevarse a cabo antes de realizar el proyecto.

Para Del Pozo, también se violó un derecho interdependiente: el de los pueblos originarios de ejercer su libre determinación sobre su tierra y territorio.

Por lo anterior, las organizaciones defensoras de las comunidades entregaron a la SCJN un amicus curiae, es decir, un escrito aportado por personas ajenas al caso, que profundiza sobre los estándares más avanzados sobre consulta previa.

En el caso de Juchitán, agregó Bettina Cruz, «nunca se hizo una asamblea de la comunidad zapoteca, porque las empresas que llegaron lograron dividir a la gente. A pesar de que el área donde se proyectó el parque eólico es propiedad colectiva de los pueblos, las empresas hicieron contratos individuales con ciertas personas», detalló.

«Fue por eso que también aumentó la violencia en la región, incluyendo balaceras y asesinatos. Las personas que lucharon contra el parque fueron demandadas por parte de las empresas, las cuales también harían uso de la delincuencia organizada», denunció Bettina Cruz.

El asunto es de tal gravedad que personas defensoras, incluyendo a la micma Bettina, tuvieron que optar por el exilio temporal, por temor a perder su vida: “Ese proyecto crea un clima de odio hacia las y los defensores porque nos tachan de retrógradas”.

“Estos proyectos no entran de manera tersa, tienen que entrar violentando derechos, y no importa quiénes seamos, pueblos indígenas, mujeres, hombres, jóvenes, ellos llegan contra todos”, analizó. Es por ello que ve tan importante la sentencia de la SCJN.

Felipe Romero reiteró que al ser “la última oportunidad de la comunidad para tener justicia en México”, sería preocupante que la máxima autoridad jurisdiccional esté validando un proceso de consulta “con muchos elementos que han sido cuestionados”.

Es por eso que el 30 de octubre, un día antes de la sentencia, las y los binni’zaa realizarán un plantón a las afueras de la SCJN para hacer ver sus demandas. Exhortan a cancelar el proyecto energético “y no facilitar la simulación de la consulta que se dio en Juchitán”.