Corte invalida delito de ultrajes a la autoridad en CDMX

Con nueve votos a favor y dos en contra, consideraron que no tiene una redacción adecuada para castigar a quienes agreden a servidores públicos de manera verbal, además de resultar inútil para evitar perturbaciones al orden y la paz pública.

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Regeneración, 07 de marzo 2016.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el delito de ultrajes a la autoridad previsto en el artículo 287 de Código Penal del Distrito Federal, por considerarlo con una redacción confusa e imprecisa.

Con nueve votos a favor y dos en contra, consideraron que no tiene una redacción adecuada para castigar a quienes agreden a servidores públicos de manera verbal, además de resultar inútil para evitar perturbaciones al orden y la paz pública.

Declararon la inconstitucionalidad del artículo impugnado y declararon su invalidez, por lo que otorgaron dos amparo a personas que habían sido sentenciadas a prisión por este delito, se trata de Norma Angélica Rangel y Gabriela Hernández Arreola, procesadas por insultar policías y lanzarles piedras.

No obstante, la Corte aclaró que la invalidez de esta norma no representa un aval para agredir a las autoridades, ya que existen otros delitos que se pueden utilizar para castigar a quienes agreden físicamente a un servidor público, además que por tratarse de amparos, las sentencias únicamente benefician a las personas antes mencionadas y el artículo 187 seguirá vigente en sus términos.

El delito de ultrajes a la autoridad sanciona hasta cono 6 años de cárcel a quien utilice “palabras impopulares, provocativas, ofensivas o altisonantes” en contra de una autoridad por motivo de su desempeño.

Recordemos que el castigo a este delito fue endurecido en la Ciudad de México en el 2012, debido a las agresiones de manifestantes contra policías y otros funcionarios

 

Con información de El Universal y Aristegui Noticias.