El sindicalismo estará supeditado al patrón

La modificación que hizo el senado al artículo 123 constitucional, “podría incluso ser el preludio de la extinción del sindicalismo”: Margarita Darlene Rojas Olvera

 

senado PRI y PAN van contra el derecho a la huelga

 

La presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), Lic. Margarita Darlene Rojas Olvera, calificó de albazo la modificación que se hizo a la iniciativa de reforma en materia de justicia penal, que plantea que los sindicatos podrán emplazar a huelga sólo si demuestran ante las autoridades que son mayoritarios, y que fue aprobada en comisiones del Senado.

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Entrevistada por La Jornada, indicó que este cambio altera totalmente la primera propuesta de reforma, restringe el ejercicio del derecho de huelga, limita más los derechos consagrados por la ley y podría incluso ser el preludio de la extinción del sindicalismo, que perdería toda su fuerza de negociación, pues los gremios estarían supeditados a que las autoridades reconozcan que pueden realizar emplazamientos.

De acuerdo a la especialista, hace falta un estudio serio sobre esta reforma, pues aunque fue aprobada en comisiones del Senado, el último cambio que se introdujo la dejó en situación crítica, ya que se pone en riesgo un derecho fundamental, el de huelga.

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Según la presidenta de la JLCA, el cambio al artículo 123 constitucional que introduce un requisito adicional para que los sindicatos puedan emplazar a paros, provocará incluso que el país incumpla con el convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre libertad sindical y negociación colectiva, explicó.

De acuerdo a la magistrada, este cambio provoca que la reforma sea fallida antes de que la apruebe el Legislativo, pues va en contra de los trabajadores. La iniciativa se dividió en dos partes, la primera que tiene que ver con la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje, y la otra, que tiene que ver con los contratos de protección, ya que pasa la obligación a los empresarios para hacer los registros de los contratos colectivos y ellos ahora tendrán que aportar los elementos de prueba de que los trabajadores quieren celebrar dichos contratos.

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Las modificaciones sobre el derecho a huelga van dirigidas a las organizaciones sindicales que llevan a cabo su emplazamiento y revisión, aseguró la experta, más que acabar con el sindicalismo de protección.

Por otra parte, dijo, lo más grave, es que la iniciativa no responde a su objetivo, que es precisamente la impartición de justicia para los trabajadores; por el contrario, se está proponiendo restringir más sus derechos históricos y se favorece a la parte patronal.

 

Con información de La Jornada