Entidades y federación en Acuerdo de unidad nacional ante coronavirus

Coronavirus: Acuerdo de gobernabilidad y unidad nacional ante coronavirus entre las entidades y el gobierno federal. Cada estado convocará a municipios

Coronavirus: Acuerdo de unidad nacional
Coronavirus: Acuerdo de unidad nacional

Regeneración, 31 de marzo del 2020. Coronavirus. Por medio de videoconferencia los gobernadores, la gobernadores y la Jefa de Gobierno en conjunto con las autoridades federales anunciaron el acuerdo.

Se trata de actuar de manera conjunta ante el coronavirus, en estricto apego a derechos humanos.

Los gobiernos de las entidades federativas, en su ámbito de competencia, convocarán a las autoridades municipales para hacer cumplir el acuerdo.

Así como las medidas y acciones de la Secretaría de Salud, incluidas.

Por su parte el Gobierno de México y los gobiernos de las entidades federativas coordinarán las acciones necesarias para garantizar, entre otros, la protección de las empresas y trabajadores.

Además el abasto y distribución de la canasta básica y la aplicación de medidas de apoyo social.

Además de la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación.

Incluso;  la atención oportuna y suficiente de quienes requieran cuidados médicos en función de la pandemia de COVID-19.

A lo anterior se agrega que conjuntamente, se velará por mantener la gobernabilidad en todo el territorio nacional.

Se precisa: ” La paz pública y la seguridad se garantizarán protegiendo la vida, integridad, seguridad jurídica y el patrimonio de la sociedad en su conjunto…”

“…, con respeto a los derechos humanos y garantías individuales”.

La gobernabilidad

Acuerdo de gobernabilidad y unidad nacional en la lucha contra el COVID-19

En virtud de sus facultades y atribuciones, la Secretaría de Gobernación será el vínculo institucional entre los tres órdenes de gobierno.

Esto para mantener un nexo de cordialidad y coordinación institucional permanente con todo el Gobierno de México.

En ese mismo tenor, el Gobierno de México y las entidades federativas velarán conjuntamente por la observancia del Acuerdo.

Mismo en el que se declara emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2, COVID-19.

Mismo que fue publicado el día 30 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación.

Así como por las medidas y acciones dictadas por la Secretaría de Salud para atender ese acuerdo.

Las entidades federativas establecerán las disposiciones de su ámbito de competencia que sean necesarias para el cumplimiento de las medidas dictadas por la Secretaría de Salud, entre ellas:

Medida 1: Se ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social.

Con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por COVID-19.

Medida 2: En todos los sectores y actividades definidos como esenciales, se deberán aplicar de manera obligatoria las siguientes acciones:

No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas; lavado frecuente de manos; estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria.

Además saludo a distancia (no saludar de beso, ni de mano, ni de abrazo), y todas las demás medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de Salud federal.

Medida 3: “Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano y del extranjero que no participa en actividades laborales esenciales..:”

“…, a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020”.

Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible.

Medida 4: El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años…”

“…, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión (adquirida o provocada)”.

Adempas, en estado de embarazo o puerperio inmediato, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

El personal esencial de interés público podrá, de manera voluntaria, presentarse a laborar.

Medida 5: Una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales y el resguardo domiciliario corresponsable…”

“…, Salud, con Economía y Trabajo, emitirán los lineamientos para un regreso escalonado y regionalizado a las actividades”. 

Además la Medida 6: Se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren la movilización de personas y la interacción física (cara a cara).

Finalmente, Medida 7: Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos.

Se enlazaron y tuvieron participación los gobernadores, la gobernadora y la jefa de Gobierno de las 32 entidades federativas del país.