Según el ministro Jorge Pardo Rebolledo, ni la CNDH ni el estado de Querétaro tienen legitimidad para presentar controversias.
Regeneración, 30 de enero de 2018.- Dos impugnaciones a la Ley de Seguridad Interior (LSI) fueron descartadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en voz del ministro Jorge Pardo Rebolledo.
Según el ministro, la comisión local de derechos humanos no tiene facultades para presentar una controversia contra los Poderes de la Federación y recordó que sólo pueden actuar contra leyes expedidas en sus respectivos congresos.
“El artículo 105, fracción II, inciso g) de la Constitución Federal, establece que los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas son sujetos legitimados para promover una acción de inconstitucionalidad; sin embargo, lo cierto es que pueden hacerlo sólo contra leyes expedidas por las legislaturas locales correspondientes”, afirmó el ministro.
Al respecto, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Nashieli Ramírez, indicó que irán hasta instancias internacionales para impugnar la decisión.
En tanto, una controversia más fue rechazada porque el municipio de Chihuahua puso como “terceros interesados” a 30 entidades de la República, además de la Ciudad de México.
Hasta este lunes, la Corte ha aceptado los recursos contra la Ley de Seguridad Interior, publicada por el Ejecutivo, el pasado 21 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Así como los interpuestos por la Cámara de Diputados, de Senadores, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la del municipio de San Pedro Cholula, en Puebla, en tanto que rechazó el recurso presentado por Movimiento Ciudadano ya que, se aseveró, un partido político puede sólo impugnar leyes que sean concernientes a lo electoral.
Vía Financiero