Tribunal Electoral del Poder Judicial rechazó la promoción del gobernador Samuel García para ausentarse de su cargo ante proceso electoral
Regeneración, 18 de octubre de 2023. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló que debe ser el Congreso de Nuevo León quien decida si otorga licencia de Samuel García.
Lo anterior ante su eventual postulación como candidato a la Presidencia de la República por Movimiento Ciudadano.
Tribunal
Cabe destacar que en el Pleno de la Sala Superior del TEPJF, la mayoría de los magistrados votaron en contra del proyecto presentado por Mónica Soto.
Y es que Soto propuso declarar que el gobernador de Nuevo León tiene derecho a solicitar licencia temporal por 6 meses.
Lo anterior, con la posibilidad de reincorporarse en el cargo una vez transcurrido dicho periodo.
León
Así, será el propio Congreso de Nuevo León el que determinará si Samuel García tiene derecho a solicitar la licencia electoral.
Asimismo portales destacan que Samuel García acudió al TEPJF para solicitar una “acción declarativa” de dicha autoridad.
Además, el gobernador dijo ante el Tribunal electoral que hay elementos para establecer que el Congreso de Nuevo León le negará la licencia.
E incluso presentó notas de prensa relacionadas supuestamente a dicha negativa
Magistrados
Seguidamente, los portales destacan que los magistrados desecharon el proyecto de la ponente.
Y es que señalaron que no existen elementos que permitan concluir que el Congreso local le negará la licencia.
Cabe destacar que incluso los legisladores de Nuevo León han argumentado que el gobernador ni siquiera ha presentado dicha licencia.
-“El actor no pone a consideración de este Tribunal la existencia de hechos que generen efectos objetivos a partir de los cuales se pueda desprender alguna incertidumbre sobre el ejercicio de sus derechos».
Lo anterior, conforme a la jurisprudencia 7 de 2003, señaló el Tribunal.
Dice
Finalmente, en los portales se destaca la intervención del magistrado Alfredo Fuentes:
-“Aquí yo parto de la base de que no existe acto o pronunciamiento alguno del Congreso local o de algunas comisiones», así señaló en primer lugar.
Seguidamente completó, que ni se «derive de los procedimientos verificables que generen esos efectos referidos en torno a la posibilidad o no de que el actor se separe de su cargo».
Lo anterior «mediante la solicitud de una licencia temporal para aspirar a la candidatura de la Presidencia de la República”, señaló ante el pleno del Tribunal.