España, entrarán en vigor ‘trío de mordazas’

españaReformas en seguridad ciudadana, código penal y ley antiyihadista 

Regeneración 27 de junio del 2015. La serie de medidas legislativas conocidas como “ley mordaza”, entrarán en vigor este 1 de julio, dichas medidas han sido adoptadas por el Partido Popular, al respecto de la misma expertos de la ONU han pedido la paralización de la ‘ley mordaza’ y de la reforma del código penal ya que ven las normas “desproporcionadas”  y “discrecionales”, incluso el Consejo de Europa pone en cuestión la devolución en caliente del código penal.

 

“El Gobierno, gracias a su mayoría absoluta, consiguió la aprobación de estas leyes en un tiempo récord (el Congreso dio su aprobación final en marzo), haciendo oídos sordos a las críticas de ONG, movimientos sociales, la UE e, incluso, la ONU”, reseña el diario 20 minutos de España, mismo que destaca lo siguiente:

Las voces críticas con este trío de ‘mordazas’ están preocupadas porque en España se sustituya el principio de culpabilidad por criterios de peligrosidad indeterminados, se introduzca la penalización de la difusión de mensajes a través de las redes sociales y se intente frenar nuevos tipos de protestas pacíficas, como las movilizaciones contra desahucios.

Pero, además, denuncian que el Gobierno legaliza las devoluciones en caliente de inmigrantes en la frontera, aprueba los registros de pasajeros y amenaza la libertad de información.

El proyecto estrella del Ministerio del Interior durante la legislatura sale adelante a pesar de que la seguridad ciudadana no está entre los diez problemas principales de los españoles, según el CIS. De hecho, el 82% de los consultados en diciembre por Metroscopia se mostraba a favor de suavizar estas leyes o, directamente, de renunciar a ellas.

Las claves: ¿Cuáles son las medidas más polémicas de la ley de seguridad ciudadana .

Devoluciones en caliente:

Una enmienda a la ley en el Senado introdujo la medida. “Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España”, dice exactamente. Desde el Consejo de Europa y la ONU se ha advertido a España de que legalizar las devoluciones en caliente contradice al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe expresamente las expulsiones colectivas.

Registro de pasajeros:

La Ley abre la puerta a que el ordenamiento jurídico español regule el registro de pasajeros en el transporte de personas, una propuesta defendida por varios países de la UE como medida para combatir la llegada de terroristas yihadistas.

Criminalización de la protesta:

Las nuevas formas de protesta social que se han generado frente a las políticas de ajuste se criminalizan en esta norma.Las manifestaciones no comunicadas, como por ejemplo las del 15-M, pasarán a estar multadas con entre 30.000 euros y 600.00 euros. Algo que, según la oposición parlamentaria, “conlleva un retroceso y una restricción de derechos fundamentales sin precedentes en la democracia. Protestas como los intentos de paralización de desahucios, los ‘escraches’ o las ocupaciones pacíficas de entidades bancarias pasarán a ser delictivas.

Restricciones a la actividad informativa.

“El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad” también entra a formar parte del cuerpo de infracciones que recoge la ley. Lleva aparejadas multas de hasta 30.000 euros, por ser una infracción grave. Esta ley podría generalizar casos como el de la periodista vaca Iraitz Salegi, que será juzgada a finales de mayo por informar de unas jornadas de las juventudes de la izquierda independentista. El colectivo ‘El periodismo no es un delito’ advierte de que “entre muchos otros aspectos, el trabajo periodístico consiste en informar sobre los actos públicos de relevancia. Sea cual sea el contenido de manifestaciones, actos políticos, movilizaciones o sucesos públicos de cualquier otro tipo, el trabajo informativo del periodista nunca puede ser delito. No se debe juzgar ni castigar al mensajero”, en un comunicado.

Recortes de la libertad de expresión:

La ley criminaliza la difusión de las nuevas protestas por redes sociales. Considera “organizador o promotor a todo aquel que por publicaciones o declaraciones de convocatoria (…) pueda determinarse razonablemente que son directores de aquéllas”. La Plataforma de Defensa de la Libertad de Información considera que con esta decisión se “abandona el principio de culpabilidad y se sustituye por criterios de peligrosidad indeterminados”.

¿Cuáles son las medidas más polémicas de la reforma del código penal ?

Prisión permanente revisable:

Podrá ser impuesta en casos de excepcional gravedad, como el homicidio del Rey o su heredero, de jefes de Estado extranjeros, genocidio, asesinatos en serie cometidos dentro de una organización criminal o contra menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.

El PP ha defendido que dos de cada tres españoles apoyan la inclusión en el nuevo Código Penal la prisión permanente revisable ante las críticas de la oposición parlamentaria en bloque, que ha acusado a los populares de crear un “eufemismo” para introducir la “cadena perpetua” en España que han tachado de “inconstitucional” e “inhumana”. La constitucionalidad de la medida divide a los juristas, unos ven que encaja perfectamente y es oportuna, mientras otros consideran que la pena máxima de 40 años de prisión es suficiente.

Recortes a las protestas:

El nuevo código penal que elimina las faltas considera a partir de ahora delito la ocupación de un inmueble público por un grupo que cause perturbación, cuyos protagonistas serán castigados con penas de prisión.

También criminaliza la difusión de mensajes que puedan incitar a desórdenes públicos o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo.

Otro aspecto ampliamente criticado es el castigo a la “resistencia”, “falta de respeto” o “desobediencia grave” a la autoridad o sus agentes, con penas de tres meses a un año de cárcel. Los expertos cuestionan que se pueda concebir como “terrorismo” los desórdenes públicos que puedan producirse en protestas públicas.

Penalización de las webs de enlaces:

La reforma del código penal introduce un castigo de hasta seis años de prisión para las webs de enlaces. Las críticas provienen de la matización que el Consejo de Estado hizo al Gobierno, al asegurar “que no todas las webs de enlaces atentan contra la propiedad intelectual”.

Límites informativos: La Plataforma de Defensa de la Libertad de Expresión (PDLI) considera que esta reforma, que ha merecido casi mil enmiendas (888), pone límites innecesarios al trabajo de los informadores y supone un recorte al derecho de información. Entre otros aspectos critica que las filtraciones —como la lista Falciani, los correos de Blesa o el caso Snowden— entren en las esfera de lo que ahora pasa a considerarse “terrorismo”. Para la PDLI, considerar terrorismo los delitos informáticos también puede llegar a afectar a quien investiga. Serias dudas tiene la plataforma también sobre la aplicación del artículo que considera delito “acceder de manera habitual” a páginas web de contenido terrorista,  que contiene unas limitaciones para esta acusación “imprecisas”.