Evidente, la doble moral de Lorenzo Córdova y Murayama

El presidente Andrés Manuel López Obrador puso en jaque a Lorenzo Córdova y Ciro Murayama, ya que antes se oponían y sancionaron a partidos políticos por el reparto de tarjetas de débito; ahora dicen que las tarjetas son legales. La evidencia los deja al descubierto.

Evidente, la doble moral de Lorenzo Córdova y Murayama

Regeneración. 15 de mayo de 2021. El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), denunció en su conferencia mañanera al presidente consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, y al consejero Ciro Murayama por su cambio de criterio en cuanto a la entrega de tarjetas de debido de los partidos políticos.

AMLO mostró un par de videos de 2017 en los que abiertamente calificaban de ilegales las tarjetas; extrañamente ahora dicen que son totalmente legales.

El argumento de Murayama y de Lencho Córdova es que “en 2017 se buscó sancionar dicha práctica, sin embargo, fue el Tribunal Electoral el que revocó la decisión del INE”.

Murayama defiende lo indefendible

Ciro Murayama asevera que en 2017 se buscó sancionar dicha práctica, sin embargo, fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el que revocó la decisión del INE. “Y nos guste o no, hay que acatar resoluciones”.

Lo que ocultan Murayama y Córdova

En 2017, en las campañas de Coahuila y del estado de México se detectó el uso de varias tarjetas con la promesa de otorgar dinero a los votantes.

En el caso de Coahuila, el Consejo General del INE resolvió que las tarjetas “Mi Monedero Rosa”, “Mi Monedero” y “Mi Tarjeta de Inscripción”, utilizadas en la campaña del candidato priista, Miguel Riquelme, son gastos sin objeto partidista.

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El INE aseveró que la entrega de dichas tarjetas contravino el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, que establece que los partidos políticos tienen la obligación de “aplicar el financiamiento de que dispongan exclusivamente para los fines que les hayan sido entregados”.

Incluso, Lorenzo Córdova aseveró que ofrecer un beneficio concreto, personalizado y específico es un gasto de propaganda que se convierte en una promesa de dádiva, y consecuentemente es un gasto indebido.

Así, en su momento, la consejera Pamela San Martín y los consejeros Benito Nacif, Ciro Murayama, Jaime Rivera y José Roberto Ruiz se sumaron al voto de Córdova para aprobar una multa de 918 mil 720 pesos a la coalición Por un Coahuila Seguro.

Sin embargo, y en contraste con la decisión sobre Coahuila, el Consejo General del INE decidió no multar al PRI por las tarjetas de la campaña de Alfredo Del Mazo.

Las tarjetas Monex

En agosto de 2016, por orden del TEPJF los consejeros del INE dieron carpetazo a una investigación relacionada con las tarjetas Monex.

La consejera Pamela San Martín fue la única que intervino para criticar la determinación de la sala superior del TEPJF en relación con el caso Monex, Lorenzo Córdova guardó silencio.

Las tarjetas de Ricardo Anaya

Otro antecedente de las tarjetas es el de 2018. En la elección presidencial se denunció al candidato de la coalición Por México al Frente, integrado por el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, Ricardo Anaya, de intentar coaccionar el voto a su favor a través del reparto de la tarjeta Ingreso Básico Universal.

En aquel entonces, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE no siquiera consideró estudiar el caso. Simplemente lo desestimó y consideró la tarjeta de Anaya era propaganda electoral.

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Que dice la Ley

De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su
artículo 242 párrafo 3, define que la propaganda electoral es un conjunto de escritos,
publicaciones y expresiones que, durante la campaña comicial, producen y difunden
los partidos políticos con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

Sin embargo, La ley restringe la entrega de cualquier tipo de material en el que se
oferte o entregue algún beneficio en especie o efectivo, a través de cualquier
sistema que implique la entrega de un bien o servicio, refiere el artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Qué pasará con el caso de De la Garza

Una vez que la Fiscalía General de la República ha judicializado el caso, deberá
aportar pruebas que deberá valorar la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León y el Tribunal local.

En caso de que haya una impugnación sobre sus resoluciones deberá ser el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien determine si De la Garza
condicionó el voto con el reparto de la tarjeta o fueron actos de campaña.