Juez rechaza amparo para importación de vacunas de uso particular

Es el primer amparo del que se tiene conocimiento público, los quejosos solicitan permiso para importar vacunas contra para uso individual
Juez impidió importación individual de vacunas y dijo que no obligará al gobierno

Regeneración, 16 de marzo de 2021. Este martes se dio a conocer que un juzgado federal rechazó ordenar al gobierno que otorgue permisos de importación individuales de la vacuna contra Covid-19 para que personas dispuestas a pagar por ella la puedan ingresar a México.

Permiso de importación

Fue el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa negó el 12 de marzo la suspensión en el amparo que promovieron José Alejandro Luna Fandiño, Gloria Fandiño Cárdenas y Alessandra Do Amaral; ellos reclaman que la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) no ha contestado la solicitud que presentaron el 22 de enero, para obtener un permiso de importación “para uso personal e independiente” de la vacuna.

Señalaron la omisión de Cofepris de proveer medios para solicitar en línea el permiso de importación, y de contar con un formato específico que facilite dicha solicitud.

Dicho amparo se basa, pero también cuestiona la Constitucionalidad, del Artículo 132 del Reglamento de Insumos para la Salud, que permite importar al país, para uso personal, materias primas o productos terminados que no cuenten con registro sanitario.

Los afectados

Los afectados señalaron que al autorizar el uso de emergencia de vacunas como las de Pfizer y AstraZeneca, la Secretaría de Salud les dio un reconocimiento equivalente al registro sanitario, y con ello está bloqueando la posibilidad de importación para uso personal del artículo 132.

Cabe señalar que Luna Fandiño es abogado especialista en propiedad industrial; es hijo del expresidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Alejandro Luna Ramos; además, es sobrino de Margarita Luna Ramos, Ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia.

En caso de no autorizar la importación individual, el amparo solicitaba la suspensión para que “se ordene a las autoridades responsables, de acuerdo con la regulación aplicable, autorizar la venta de la vacuna Covid-19 en nuestro país en el sector privado”.

Pero, esto “implicaría constituir el derecho a importar la vacuna y a que la misma pudiera ser comercializada sin los permisos correspondientes; ni siguiendo la normativa aplicable respecto de importación, comercialización, distribución y aplicación de vacunas”,
resolvió el secretario que está a cargo del Juzgado Cuarto.

“Es decir, equivaldría otorgar un beneficio a los quejosos (y a su vez a terceros del
sector privado) del cual carecen, siendo que tales cuestiones son regladas; sería tanto como que los Juzgadores de amparo se sustituyeran en facultades exclusivas de las autoridades administrativas”, agregó.

Esta negativa de suspensión se puede impugnar ante un tribunal colegiado, que tendrá 48 horas para resolver.

Es el primer amparo que solicitan

Y es que es el primer amparo del que se tiene conocimiento público en que los quejosos solicitan permiso para importar vacunas para uso individual.

Cabe recordar que en enero pasado, el juez Martín Santos concedió una docena de
suspensiones en las que ordenaba al gobierno modificar el Plan Nacional de Vacunación; dar prioridad a personas vulnerables, sin importar su edad, pero dichas suspensiones
fueron rápidamente revocadas por tribunales colegiados.