La violencia política también es contra las juventudes

 

Por Diego Alanis Aguilar.

También existe la violencia política contra las juventudes en dos sentidos; la primera de forma estructural y la segunda de forma legal; la segunda tendría que mediar la primera, con normas que garanticen una participación equitativa de las juventudes y que sean una plataforma para el desarrollo político dentro de los organismos públicos.

Regeneración, 15 agosto 2017.- En más de una ocasión la violencia política contra los jóvenes se ha hecho presente dentro de la esfera política; desde el poco acceso a los puestos de representación popular y la incidencia legislativa, hasta el discurso popular que enuncia frases como: “usted joven, qué me va a venir a enseñar a mí de política” “dedíquese a la escuela”. Cuestiones que de alguna manera inhiben el desarrollo de la organización y participación política de las juventudes.

En el campo académico existe un gran bagaje literario sobre los conceptos y debates de la violencia política hacia las mujeres, un tema no menor, pero es casi nulo el estudio y la investigación sobre la violencia política que sufren las juventudes. El hecho de que haya poca o nula investigación sobre el tema no niega su existencia. A lo largo del texto se hará un gran esfuerzo por conceptualizar y caracterizar la violencia política contra las juventudes.

Sin duda, ser joven y hacer política implica diferentes retos como: a) el nivel de influencia dentro de la participación en un partido político, es decir, la posibilidad de estar dentro de la estructura que direccione la entidad política b) el acceso a puestos de representación popular c) el participar en un ambiente adultocéntrico d) el participar en condiciones diferentes y adversas como no contar con las herramientas que sí podría tener un adulto como los recursos financieros y la trayectoria política.

Ser joven no implica necesariamente ser inexperto. Hay que entender que el desarrollo político y social de las juventudes es heterogéneo; depende en demasía de las condiciones biológicas y sociales en las que esté inmerso el individuo. De hecho desde  el estudio de la niñez se ha empleado el término autonomía progresiva que rompe paradigmas y que expone que un niño o adolescente puede ir ejercitando sus derechos conforme al grado de madurez y capacidad para hacerlo; por lo que este enfoque muestra un desarrollo diferenciado y niega que tanto la niñez como la juventud sea solo una etapa de preparación. [1]

Con lo anterior quiero expresar que dentro de las juventudes hay jóvenes que pueden realizar una actividad política de trascendencia a temprana edad; desde ser líderes de su comunidad hasta ser representantes populares. No obstante, si observamos las reglas del juego del sistema político mexicano nos daremos cuenta que prevalece una visión adultocéntrica-protectora, por ejemplo a) Poder votar desde los 18 años de edad y poder ser votado hasta los 21 años para el caso de diputados locales y federales b) Poder ser votado desde los 35 años para Senador y Presidente de la República  c) la inexistencia de cuotas para el acceso de personas jóvenes a los espacios de representación política; entre otros casos.

Es más si le damos una pequeña revisada a lo que sucede en la Cámara de Diputados observaremos la dimensión del fenómeno. Por ejemplo de los 500 diputados electos en la Cámara de Diputados en 2015, sólo 24 son personas menores de 30 años. Es decir, si vamos a una representación estricta sobre número de personas jóvenes en el país y diputados jóvenes se determinará que hay una subrepresentación de las juventudes, puesto que los jóvenes en 2015 representaron el 30% del padrón electoral pero en los escaños solo obtuvieron el 4.8% de representación. En este caso sólo estamos hablando de representación legislativa porque si observamos la incidencia legislativa de los representantes populares nos daremos cuenta que no hay jóvenes tomando decisiones en las comisiones de más alto nivel.

Sin emargo, poco se ha hablado de la falta de oportunidades políticas para las juventudes. Más allá de las cuotas jóvenes (que ya existen en algunos partidos como el PRI y el PRD) el esfuerzo de la academia por conceptualizar ha sido nulo. A pesar de los ejemplos antes mencionados no se ha visibilizado que también existe la violencia política contra las juventudes en dos sentidos; la primera de forma estructural y la segunda de forma legal; la segunda tendría que mediar la primera, con normas que garanticen una participación equitativa de las juventudes y que sean una plataforma para el desarrollo político dentro de los organismos públicos.

La violencia política contra las juventudes reside en los individuos, grupos e instituciones que expresan y evitan que las personas jóvenes participen en la esfera política por el simple hecho de ser jóvenes. No con la misma intensidad que en el caso de la violencia política hacia las mujeres, donde han llegado hasta agresiones y presiones para hacerlas renunciar en  el cargo; pero sí con reglas formales e informales que les impide competir de una manera equitativa a los cargos de elección popular y a la indecencia en el mando de las entidades políticas.

 

[1] Zeledón, Marcela. “La autonomía progresiva en la niñez y adolescencia”, Publicado en la Revista Jurídica Digital “Enfoque Jurídico” el 20 de Julio de 2017 en: http://www.enfoquejuridico.info/w/archivos/2005