Absuelven a Mireles de ‘apología del delito’

Un tribunal absolvió definitivamente a José Manuel Mireles de la acusación por un supuesto llamado a las armas hecho en julio.

 

Regeneración, 28 de noviembre de 2017.- José Manuel Mireles, fundador de las autodefensas, fue liberado de apología del delito, luego de que la PGR realizara la acusación de que incitó a las armas por medio de un tuit.

Según la PGR, Mireles pidió a los integrantes “activos” y “pasivos” de esos grupos a que llevaran todas las armas que pudieran al municipio de Tepalcatepec para defender al pueblo de lo que denominó el “sitio” del Ejército; lo que a decir de la PGR es una forma de inducir a cometer crímenes.

La sentencia de la magistrada detalla que del audio y video, así como de la versión escrita se desprende que el juez de control, fundó y motivó su determinación, básicamente en: «(…) que no obstante lo que se ha tenido por acreditado en grado de probable en esta etapa procesal el de la voz considera que aun cuando las manifestaciones del imputado pudieron haber sido lamentables, no se actualiza ese extremo del tipo penal que refiere a la realización de un delito o delitos determinados en su identidad o aquel concepto que refiere la Corte cometer un delito debe ser directa y expresa por los siguiente: textualmente el imputado refirió, insisto, sin entrar en la calificación de que pudieron ser habido lamentables o no esas manifestaciones que se realizaron probablemente y además probablemente de manera pública, refirió «lleven todas las armas que tengan y estén pendientes”.

El Tribunal dejó firmes los razonamientos del juez de la causa, “por falta de impugnación del fiscal federal apelante”, en torno a que la pretensión del Ministerio Público de la Federación de que se tuviera como dato de prueba, que el imputado por ser una persona conocida por haber formado parte o liderar grupos de autodefensa, evidenciaba que la convocatoria dirigida a esos grupos era para que llevaran armas de fuego; lo cual estimó el juez de control, no era aceptable, “cuenta habida que el derecho penal mexicano es de acto y no de autor; y en todo caso las características personales del imputado serían de tomarse en cuenta para efectos de la punibilidad”.

Vía Reforma