La SCJN determinó mantener la prisión preventiva oficiosa, con excepción de los delitos fiscales que estén relacionados con temas fiscales.
Regeneración, 24 de noviembre del 2022. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobaron mantener la prisión preventiva oficiosa; con excepción de delitos fiscales, como: defraudación fiscal, simulación de operaciones de facturas y contrabando.
El dictamen se aprobó con 9 votos a favor, por lo que, estos delitos no tendrán prisión preventiva oficiosa.
Para lograr la aprobación, se tuvo que lograr obtener el voto de al menos ocho ministros para que se declarara constitucional la medida cautelar; solamente logró alcanzar cinco votos a favor.
De acuerdo con el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, la prisión oficiosa es “inconvencional”, pues viola la presunción de inocencia; y es que, 40.8% de la población privada de la libertad se encuentra jurídicamente sin una sentencia dictada.
La ministra Margarita Ríos Farjat, señaló que se debe reinterpretar el artículo 19 constitucional; además aseguró que es “inconstitucional” considerar el contrabando y defraudación como delitos que merecen prisión preventiva.
Mientras que Alfredo Gutiérrez Mena señaló que está a favor del sentido del proyecto, al igual que el ministro, Laynez Potisek, señaló que está a favor del mismo.
La ministra Norma Piña Hernández aseguró que la “prisión preventiva oficiosa viola la garantía de audiencia”, por lo que se mostró a favor del proyecto.