Obligatorio notificar a Senasica cualquier tipo de gusanera

En Diario Oficial se publica ampliación de acciones contra el gusano barrenador. Senasica refuerza medidas contra plaga exótica altamente transmisible

En Diario Oficial se publica ampliación de acciones contra el gusano barrenador. Senasica refuerza medidas contra plaga exótica altamente transmisible

Regeneración, 2 de diciembre de 2025. Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Senasica, amplía acciones para controlar y contener el gusano barrenador.

Y subraya que es obligatorio notificar al Senasica cualquier tipo de gusanera.

Senasica

Cabe destacar que se trata de una acción desde la Secretaría de Agricultura que amplió las facultades del Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal (Dinesa).

Como se sabe, publicado el 29 de julio de 2024 de manera preventiva, para fortalecer las acciones de control y erradicación del gusano barrenador del ganado (GBG) en el país.

El acuerdo, publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), destaca la importancia de mantener y reforzar las acciones para contener el avance de la plaga, presente en el sur del país.

Por ello se amplían las medidas previstas en el Dinesa para prevenir, controlar y erradicar la miasis causada por el GBG. Co n el apoyo y colaboración de todos los sectores relacionados con la producción pecuaria y, de igual manera, de la población en general.

De ninguna manera deben movilizarse animales incapaces de mantenerse en pie, enfermos, fatigados, con heridas o con gusaneras, a fin de mitigar el riesgo de dispersión de la mosca del GBG.

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Trato

Los animales con heridas deben ser tratados por sus propietarias y propietarios, con el apoyo de insecticidas de acción larvicida y cicatrizante.

Además de permanecer en la unidad de producción pecuaria o centro de acopio de origen hasta que las heridas estén completamente cicatrizadas.

El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, disponible en: https://bit.lyhttps://bit.ly/4ixd4K5/4ixd4K5

Consulta más información en: Amplía Agricultura acciones para controlar la movilización de ganado y contener el gusano barrenador.

Consideraciones

En el Diario Oficial se indica que el Gusano Barrenador de Ganado (GBG), es una plaga exótica, altamente transmisible, que afecta a los animales de sangre caliente.

Esto, dado que la infestación se da cuando una mosca deposita sus huevos enla herida superficial de un mamífero. Esto, entre 12 y 24 horas después las larvas eclosionan y se alimentan de tejido vivo.

Esto es, principalmente en el ombligo de los neonatos, en las heridas generadas por la castración o el descorne, así como en las regiones vulvares o perineales de las hembras.

Asimismo, la miasis por GBG, se encuentra inscrita en la lista de enfermedades de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y resulta de declaración obligatoria.

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Como se establece en el mismo Código Sanitario para los Animales Terrestres, en su Capítulo denominado «Miasis por (Cochliomyia hominivorax-coquerel)»; explica.

Que en ese contexto, dicha plaga se encuentra incluida en el «Acuerdo mediante el cual se dan a conocer en los Estados Unidos Mexicanos las enfermedades y plagas exóticas y endémicas de notificación obligatoria de los animales terrestres y acuáticos».

Y, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2018, como parte del grupo 1, compuesto por las enfermedades y plagas exóticas, de reporte obligatorio inmediato.

Agricultura

Al tiempo que se señal que AGRICULTURA tiene entre sus atribuciones la de activar, instrumentar y coordinar el DINESA.

Para lo cual puede establecer mecanismos de coordinación y concertación con las demás dependencias de la administración pública federal, los gobiernos de las entidades federativas, los organismos auxiliares de sanidad animal, las organizaciones de productores, industriales, comerciantes, exportadores o importadores.

Así como otras personas físicas o morales relacionadas con la actividad pecuaria que se encuentre afectada o en riesgo, para el mejor cumplimiento de las medidas zoosanitarias que determine.

Considera, además que «la diseminación de la plaga y su avance desde la frontera sur del territorio mexicano, hace necesario implementar mayores acciones y medidas zoosanitarias, aunado al incremento de la movilización de animales y personas».

Así como la apertura comercial entre los países, esta plaga amenaza la salud y el bienestar animal, por lo que en razón de la evidencia científica sobre su entrada al territorio nacional se requiere continuar las acciones que permitan la atención inmediata.

Esto, a fin de evitar severos daños a la industria ganadera, así como su posible repercusión en la salud pública, y reforzar la vigilancia del GBG.

Además, identificando sitios estratégicos para instalar puntos de inspección y establecimiento de baños insecticidas, en caso de detectarse algún caso de GBG en México.

Todo lo anterior tal como se indica en los considerandos del Diario Oficial