Suprema Corte avala milmillonario impuesto predial por Presa Malpaso

Suprema Corte avala cobro predial de 3 mil millones a CFE por el embalse de la Presa Malpaso a favor del municipio de Tecpatán que no es dueña del predio

Suprema Corte avala cobro predial de 3 mil millones a CFE por el embalse de la Presa Malpaso a favor del municipio de Tecpatán que no es dueña del predio

Regeneración, 4 de abril de 2024. La Ministra Lenia Batres denunció que la Segunda Sala de la Suprema Corte avaló una sentencia fraudulenta que avala el cobro de impuesto predial local a inmuebles federales para uso público, como la Presa Malpaso.

-“La Segunda Sala de la @SCJN aprobó un fallo que significará una pérdida financiera de 3 mil 575 millones de pesos para la @CFEmx.”

Así dijo en su cuenta de X.

Seguidamente Lenia Batres expresó que se “avaló una sentencia para que el municipio de Tecpatán, Chiapas, cobre impuesto predial sobre las instalaciones de la Hidroeléctrica de Malpaso”.

Esto, incluyendo el embalse de su presa.

-“Pese que el artículo 115 de la Constitución prohíbe expresamente a los municipios cobrar impuestos a los bienes sujetos al dominio público de la Federación”.

Lenia Batres defiende la Ley

Cabe destacar que Batres dijo que en la discusión en la Suprema Corte insistió “en que el principio de “cosa juzgada” no es absoluto, y que sobre él debe prevalecer la Constitución”.

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Y expresó formalmente en sesión que “cobrar impuestos locales a los inmuebles federales que se destinan al servicio público para beneficio de todos los mexicanos está prohibido por la Constitución”.

Además, señaló que se está condenando a la subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad denominada CFE generación 6 a pagar más de 3575 millones de pesos.

Esto “con base en una acción fraudulenta pues no procede el cobro de impuesto Predial a entidades públicas federales.

Y, “menos aún por un municipio en el que no se encuentra el predio del que se pretende cobrarle a CFE”, denunció en su posicionamiento.

La Suprema Corte avala el fraude

Sin embargo, Lenia Batres dijo que la Suprema Corte pudo haber asumido la suplencia de la queja y haber emitido criterio novedoso.

Esto, “que evite este tipo de mermas a los recursos públicos ante actos de corrupción originarios”.

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Por otra parte, Batres señaló que el impuesto fue calculado además de una manera “absurda que da esta cifra estratosférica”.

-“…, porque se calculó contabilizando la totalidad del embalse de agua y no solamente lo que ocupa el predio, la superficie de la hidroeléctrica”.

Así, la Ministra Batres acusó que el criterio de la cosa juzgada no es absoluta menos en casos de este tipo, donde “la cosa juzgada no es valor supremo en nuestro ordenamiento jurídico.

Suprema Corte debe cumplir la ley

Cabe destacar que Batres expuso que el sentido de las acciones de los jueces para hacer valer la Constitución.

-“Nuestra labor como jueces constitucionales pues es hacer valer la Constitución y cuidar los recursos de la Nación”.

E insistió:

-“Cobrar impuestos locales a inmuebles federales que se destinan al servicio público para beneficio de todos los mexicanos y mexicanas está prohibido por la propia Constitución”.

Seguidamente, asentó:

-“Nuestra labor debiera ser dotar de verdadera vigencia a nuestra Carta Magna”, precisó Lenia Batres en el Pleno de la Suprema Corte.

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