Retroceso, no incluir en dictamen de ley el aborto por violación

Expertas en equidad de género explican que al no legalizar el aborto se obliga a las mujeres a la clandestinidad donde hay alto índices de mortandad

 

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Regeneración, 18 de marzo de 2017.- El que no se incluya la norma oficial mexicana 046, que permite la interrupción legal del embarazo en caso de violación sexual, en el dictamen de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para obligar a los estados y municipios a garantizar este derecho, es un retroceso, dijo Ana Elena Contreras, feminista.

Con esto se esta obligando a las mujeres a la clandestinidad, a buscar “servicios con un alto índice de mortandad, lo cual es un tema de salud pública”, sostuvo, y también agregó que esto es muestra de que los derechos del género femenino “pasan a un segundo o tercer lugar porque primero está lo que debe ser”.

Con la modificación a la NOM 046, publicado en el primer bimestre del 2016, establece que en caso de embarazo por violación “las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que dicho embarazo es producto de violación.

En caso de ser menor de 12 años de edad, a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Araceli González, de Equifonía Colectivo por la Ciudadanía, consideró que colocar en el debate a la NOM-046 es sólo polarizar el tema, pues es algo que ya está resuelto. La norma, dijo, está vigente y debe respetarse.

Indicó que en todo caso corresponde realizar un trabajo articulado con la Secretaría de Salud federal y con las fiscalías estatales, instancias que están obligadas al cumplimiento de la norma.

El Grupo de Información en Reproducción Elegida (Gire) expuso que la votación de este dictamen no cambia en nada la legalidad de la interrupción del embarazo para las víctimas de violencia sexual. Es legal en todas las entidades federativas y es obligación del Estado garantizar que las niñas y mujeres que han padecido este delito, al presentar una denuncia en el Ministerio Público, tengan acceso al aborto sin condiciones ni autorizaciones de por medio.

La Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, señaló, busca que los estados tengan programas de capacitación y evaluación al personal, así como que los municipios puedan promover y difundir la aplicación de la NOM-046.

 

Con información de La Jornada y El Occidental