Senado legisla agilizar alertas por violencia de género

Senado acordó unánimemente reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre y sin Violencia, para agilizar la emisión de Alerta de Género

Senado aprueba agilizar Alerta por Violencia de Género
Senado aprueba agilizar Alerta por Violencia de Género

Regeneración, 25 de septiembre del 2021. El Senado de la República acordó reformas a la Ley para que las alertas por Violencia de Género contra Mujeres, se agilicen en todo el país.

En la votación la totalidad de los 101 senadores se manifestaron en favor de las reformas que regulan y agilizan el procedimiento para la emisión de la Alerta de Violencia de Género. contra las Mujeres.

Se establece que Federación, Estados, Ciudad de México y municipios deberán tomar medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes de carácter extraordinario.

Esto, para dar cumplimiento a la emisión de las Alertas de Género y las acciones concretas que implica. 

Los términos de las reformas

A partir de ahora la Alerta por Violencia de Género contra Mujeres se emitirá cuando exista un contexto de violencia feminicida, es decir,  hechos o delitos que involucren violaciones a los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres.

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Esto incluye, a adolescentes y niñas.

Las medidas deben buscar enfrentar y erradicar la violencia feminicida y además eliminar el agravio derivado de desigualdades por ordenamientos jurídicos o políticas públicas en detrimento de los derechos de las mujeres.

La emisión de dichas alertas ser pronto y expedito, atendiendo la urgencia de los hechos y al territorio especificado en la misma.

Así mismo las acciones de la autoridad deberán cumplir el principio de debida diligencia.

Dicha medida se establecerá cuando existan omisiones documentadas y reiteradas, por parte de las autoridades gubernamentales y se presente un agravio comparado contra las mujeres.

La identificación de casos

La solicitud para activar la Alerta de Género podrá ser emitida por los organismos públicos autónomos de derechos humanos u organismos internacionales de protección de los derechos humanos.

Así mismo por organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas o por colectivos o grupos de familiares de víctimas.

Igualmente a partir de la identificación de casos por parte de la Comisión Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

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Para atender los casos se creará instancia interinstitucional que abordará las solicitudes.

Acción institucional

Una vez notificada la Alerta, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipios o de la CDMX deberán, de manera inmediata y coordinada con el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, implementar el Programa de Acciones Estratégicas de cumplimiento.

En cuanto a los plazos se fijo en 30 días naturales, para analizar los hechos de violencia denunciados y presentar sus conclusiones.

El proyecto de decreto fue devuelto con modificaciones a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.