Turnan a Suprema Corte expediente de amparo de ejidatarios de Atenco

Tras ganar el amparo en el que se ordena a tribunal  desahogar pruebas desechadas de forma indebida, opositor a favor de la construcción del Nuevo Aeropuerto interpuso  recurso de revisión.

atenco

Regeneración, 17 de junio 2016.-   El expediente relacionado con el amparo directo número 796/2015 acerca de la protección del a justicia federal otorgada a los ejidatarios del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT), quienes se encuentran en contra de la venta de sus tierras y la edificación de una terminal fue turnado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) después de que el comisariado ejidal de San Salvador Atenco, Andrés Ruiz Méndez, quien se encuentra a favor de la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM) interpusiera un recurso de revisión.

El amparo que fue otorgado al FPDT, obliga al tribunal agrario 23 de Texcoco a desahogar pruebas que fueron desechadas de manera indebida, durante el juicio en el que se declaró válida la asamblea ejidal en San Salvador Atenco el primero de junio de 2014,la cual fue encabezada por el priista Ruiz Méndez y en la que se aprobó el cambio de destino de casi 2 mil hectáreas de uso común a terrenos parcelados y de terrenos parcelados a dominio pleno, con el objetivo final de despojar a los ejidatarios de sus tierras y destinarlas al NAICM.

Durante esa asamblea, existieron numerosas irregularidades como el ingreso de personas que se hicieron pasar por ejidatarios y a quienes se les otorgó derecho al voto; representantes fueron duplicados, no se permitió la entrada a campesinos opositores, existió falsificación de firmas, entre otras anomalías. Siendo precisamente este cambio de uso de suelo el primer paso para la venta de tierras y para que el gobierno llevara a cabo la construcción del nuevo aeropuerto.

Ricardo Arturo Lagunes Gasca, abogado del FPDT, recordó que, con el fin de inconformarse por el cambio de uso de suelo, interpusieron el juicio 400-2014 en el tribunal agrario, el cual afirmó que no se había violado la ley en la celebración de la asamblea. Sin embargo, el FPDT logró el amparo directo 796/2015 en el primer tribunal colegiado de Nezahualcóyotl contra esta estancia, por lo que el tribunal de amparo ordenó al agrario desahogar las pruebas desechadas indebidamente.

Con información de La Jornada.