¿Quieres irte a juicio para mejorar tu pensión del IMSS? Estás destinado a perder gracias a la SCJN

Una jurisprudencia de la SCJN limitó las pensiones del IMSS a 10 salarios mínimos. Su decisión deberá ser acatada por todos los tribunales.

Couple paying bills

Regeneración, 16 de mayo 2016.-   La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) limitó las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), poniendo en riesgo el tradicional retiro de 25 salarios mínimos.

Debido a una jurisprudencia (decisión de tribunal con la cual se evita que una misma situación jurídica sea interpretada de forma distinta) de  la SCJN, se recortó a máximo diez salarios mínimos diarios las pensiones de los futuros jubilados que pretendan mediante un juicio contra el IMSS un mayor monto.

En esta situación están un millón de personas de los 19.8 millones de trabajadores de la generación de transición, es decir, los que pueden jubilarse bajo el régimen de 1973 o por la ley de Seguridad Social de 1997.

Esos trabajadores, ganan más de diez salarios mínimos al día (21 mil 912 pesos al mes), y podrían aspirar a una jubilación de hasta 25 salarios mínimos.

“El límite superior de veinticinco veces el salario mínimo, previsto en el artículo 33 de la abrogada Ley de Seguridad Social (de 1973), está vinculado para las prestaciones en los seguros de enfermedad general y maternidad; el límite superior a diez veces el salario mínimo regirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte”, indica el fallo de la Suprema Corte de Justicia.

“No estamos haciendo modificaciones ni estableciendo topes, hicimos remisión a la ley de Seguridad Social (del 73)”, acotó la ministra, Margarita Beatriz Luna Ramos.

A los trabajadores que puede decidir entre ambas leyes, les conviene elegir el régimen del 73, ya que es una pensión vitalicia, mientras que si eligen la ley del 97, las afores pagan pensión pero sólo hasta que se terminan los recursos del trabajador.

No obstante, al elegir el régimen del 73, el millón de trabajadores que gana más de 10 salarios mínimos diarios, dependerá de que el trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social con el que inicie su jubilación calcule la pensión considerando su ingreso real.

Según la institución, las pensiones se calculan considerando el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización con el tope de 25 salarios mínimos.

Sin embargo, se han registrado casos en los cuales el cálculo tiene como tope los diez salarios mínimos, ante lo cual, en trabajador podría demandar al instituto e iniciar un juicio que está destinado a perder, debido a la nueva jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que deberán acatar los demás tribunales del país.

En dicha jurisprudencia se determinó que al elegir la ley del 73, el cálculo deberá apegarse al tope máximo de 10 salarios mínimos vigentes en la Ciudad de México.

Este juicio fue promovido por el IMSS, después de encontrar que dos juzgados resolvieron de forma diferente en cuanto al tope salarial que debe contar para efecto de cuantificar las pensiones de la generación de transición.

 

Con información de Excélsior y El Financiero.