Fiscalía y policía cibernética contra medios por “apología de la violencia”

Gobierno de Guerrero quiere ocultar violencia en la entidad y su fracaso en garantizar paz pública.  Agresión a periodistas y derechos consagrados

Foto: Reporteros marchan sobre la avenida Costera, en Acapulco. Tomado de BajoPalabra.com.mx

Regeneración, 21 de abril. El gobierno de Guerrero, a través de comunicación social difundió que no tolerará la difusión por ningún medio de comunicación, de cualquier material audio visual que atente contra derechos de víctimas, haga apología de violencia y contribuya a revictimización. Gobierno solicitó intervención de la Fiscalía General del Estado y de la Policía Cibernética para localizar el origen de su difusión y proceder legalmente contra quienes divulguen contenidos de naturaleza violenta.

Las acciones anunciadas por el Gobierno del Estado de Guerrero son a todas luces restrictivas de la libertad de expresión, derecho a la información y del derecho a la privacidad e inviolabilidad de comunicaciones, señaló la organización Article 19, defensora de la libertad de expresión y de los periodistas.

“Es contrario al derecho a la libertad de expresión puesto que prohíbe la manifestación de información que pudiese resultar violenta o contribuya a la revictimización y apología de violencia”, indicó el organismo.

Dicha organización agregó que “el parámetro del derecho a la libertad de expresión no permite la censura previa sea directa o indirecta bajo ningún pretexto y mucho menos cuando se trata de información de interés público, y que está afectando a la sociedad, como son los actos de violencia en aquella entidad”.

El artículo 13 párrafo cuarto de la Convención Americana sobre Derechos Humanos solamente permite la censura previa en casos de espectáculos públicos que afecten a menores de edad, indicó Article 19.

De manera detallada dicha organización defensora de la libertad de expresión impugna todos y cada uno de los postulados del gobierno de Guerrero para imponer la censura, mismos que presentamos a continuación.

Censura a información por internet solo procede en caso de pornografía infantil

En el caso de información difundida por internet, los Relatores de Libertad de Expresión de la ONU y la CIDH han considerado que este tipo de medidas solamente en casos de pornografía infantil, precisaron los defensores de derechos.

Uso de datos normado por Constitución; no se prohíbe referirse a hechos

Resulta preocupante que el gobierno estatal funde la restricción del derecho a la libertad de expresión en la revictimización.

Si bien existen criterios y principios para el ejercicio del periodismo respecto del uso de datos personales de víctimas y de imputados y sujetos implicados en un proceso penal, estos constan en nuestra Constitución y en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en ningún momento prohíben a quienes ejercen la libertad de expresión, referirse a los hechos ocurridos que dieron lugar al delito o violación de derechos humanos.

Apología de la violencia como pretexto para la censura

En cuanto a la apología de la violencia, tal figura solo puede atribuirse bajo mecanismos de responsabilidades ulteriores, no previamente a la difusión de cierta información.

Además su uso a partir del ámbito penal es contraria también a la libertad de expresión, puesto que podrían usarse otros mecanismos menos restrictivos para perseguir los mismos fines, como sanciones en el ámbito del derecho civil o administrativo.

De cualquiero forma, ello no habilita a las autoridades para realizar actos de censura previa.

Siendo la apología de la violencia una figura que entraña instigar al odio, la discriminación y la guerra, bajo parámetros sumamente estrictos y bien definidos establecidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, no se pueden aplicar medidas generales como las publicadas el día de ayer por el gobierno estatal.

Medidas contra libertad de información

En el mismo sentido, las medidas anunciadas son contrarias al derecho a la información, puesto que la sociedad en general tiene derecho a recibir información sobre lo que acontece en su entorno para:

1) Crear opiniones públicas y con ello generar debates públicos sobre lo que concierne a todos,

2) Tomar decisiones que afectan directamente sus vidas y la de su Entidad, de manera informada.

El derecho a la información ha sido uno de los pilares más importantes de la Democracia, reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Una sociedad informada permite la construcción de una verdadera democracia, donde se sujeta a escrutinio las actividades de los funcionarios y se exija funcionalidad y rendición de cuentas de la administración pública, así como el respeto y garantía de los derechos humanos.

En este sentido, las acciones y omisiones del Estado respecto a la seguridad de todas las personas es de primer interés social, máxime cuando los niveles de violencia delincuencial y estatal alcanzados en Guerrero alcanzan niveles alarmantes.

Gobierno ataca derecho a la privacidad e inviolabilidad de comunicaciones

El mensaje también es contrario al derecho a la privacidad e inviolabilidad de comunicaciones puesto que el gobierno estatal no solo pretende prohibir la divulgación de información, también ha amenazado con localizar a quienes lo realicen a partir de técnicas de la policía cibernética.

Dicha policía “en principio deberían ser utilizadas para combatir los delitos que se llevan a cabo en las redes, y no para amedrentar a quienes se expresan e informan lo que está pasando en Guerrero” , acotó Article 19.

Censura a la información en medio de agresiones a periodistas

Es por demás preocupante que este tipo de mensajes se dan en un contexto adverso al periodismo en Guerrero, en lo que va del sexenio de Enrique Peña Nieto, los periodistas de la entidad han sufrido 163 agresiones, resaltando los asesinatos de Cecilio Pineda y Pamela Montenegro, asesinatos que permanecen en la impunidad.

En este sentido, ARTICLE 19 ha documentado en Guerrero agresiones graves como amenazas de daño físico y de muerte, así como actos de intimidación con armas de fuego, robo de equipo hasta la privación ilegal de la libertad y el asesinato.

Ilegal restricción de derechos

Vale la pena recordarle al gobierno de Guerrero que está sujeto a partir del principio de legalidad, y en su caso solamente puede restringir derechos consagrados en la Constitución y en normas de derecho Internacional como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos cuando se persigan fines legítimos y la medida sea necesaria y proporcional en una sociedad democrática.

Se pretende ocultar violencia e incapacidad gubernamental

El comunicado del 19 de abril, da cuenta de una medida demagoga y restrictiva que podría inhibir el flujo de información sobre la violencia en el Estado, pretendiendo con ello ocultar la incapacidad del mismo gobierno de hacer frente a la violencia en que la sociedad guerrerense se encuentra sumergida hoy en día.

Por lo anterior, ARTICLE19 exige al Gobierno del Estado de Guerrero abstenerse de realizar acciones contrarias a la libertad de expresión y el libre ejercicio del periodismo y al derecho a la información.

Bajo esta lógica, exigimos que realice lo necesario para acabar con el clima de hostigamiento e impunidad contra la prensa que impera en la entidad.