Interrupción de embarazo por violación, derecho de la víctima

La Suprema Corte resolvió que interrupción del embarazo por violación sexual es derecho de la víctima y atendido como emergencia

 

Regeneración, 4 de abril del 2018. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, señalo en un comunicado fechado el dia de hoy que la negativa de las autoridades de interrumpir el embarazo en caso de violación se traduce en una violación grave de los derechos humanos de las victimas

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, amparo a una menor y sus padres en contra de la negativa de las autoridades responsables de interrumpir legalmente el embarazo derivado de una violación sexual.

Se detalló que en el caso en comento el producto presentaba una alteración congénita grave.

Para la Suprema Corte “tal acto se traduce en una violación grave de derechos humanos que coloca a la parte quejosa en un estado de vulnerabilidad suficiente” para reconocerles el carácter de víctimas directas e indirectas.

“Al recibir la solicitud de interrupción de un embarazo producto de una violación sexual, las instituciones públicas deberán brindar la atención médica correspondiente a un caso de emergencia”, señaló la Suprema Corte.

Lo anterior implica que la autoridades de salud correspondientes no pueden implementar mecanismos, ni políticas internas que impidan se materialicen los derechos de las mujeres que han sido víctimas de una violación sexual y cuyo deseo es interrumpir el embarazo producto de dicho acto delictivo.