Suprema Corte dice que la federación es la única que puede declarar zonas libres de transgénicos no entidades federativas
Regeneración, 14 de agosto del 2019. Suprema Corte anunció en redes sociales que anula el decreto de Yucatán que declaró a su territorio libre de transgénicos. Se trata de una resolución tras la inconformidad de promotores de este tipo de productos en la entidad.
En redes sociales la Suprema Corte publicó:
Es inválido el Decreto del Gobernador de Yucatán que declara al estado como zona libre de organismos genéticamente modificados. Es facultad federal regular la materia de bioseguridad. El Congreso de la Unión atribuyó a la SAGARPA la facultad exclusiva para establecer estas zonas. pic.twitter.com/1nEgV1ujLZ
— Suprema Corte (@SCJN) August 13, 2019
Yucatán se declara estado libre de cultivos transgénicos
En octubre del 2016 se publicó en el Diario Oficial del estado un decreto donde se declara a Yucatán como un estado libre de transgénicos.
La medida protege a campesinos indígenas del lugar, se menciona en el Diario Oficial del estado
Así mismo se señala que las autoridades se harán responsables de promover la siembra de semillas no modificadas.
Incluso se establecieron dos zonas específicas para evitar el uso de productos genéticamente modificados.
Razones de salud
En el Diario Oficial del estado, se destaca principalmente el riesgo que provocan a la salud de los seres humanos.
En el texto del decreto se menciona al cáncer entre otros factores de riesgo.
Otro aspecto subrayado son los peligros de contaminación del subsuelo y manto acuífero peninsular, debido a su alta permeabilidad por ser suelo cárstico.
Además de daños a la economía de los campesinos indígenas que se sustentan a través de la apicultura.
Principio precautorio
El decreto establece que se estima necesario aplicar el principio de precaución ante el daño moralmente inaceptable de amenaza para la salud.
Esto por la presencia de soya transgénica y el uso extensivo de agroquímicos.
En el decreto rechazado por la Suprema Corte, así mismo se mencion el daño grave e irreversible a la actividad apícola, y porque es injusto para las futuras generaciones.
Refiere además que atenta contra los derechos humanos de los productores mayas milperos o apicultores, la consulta previa, libre e informada, el derecho al trabajo, a la alimentación, a la comercialización e industrialización y a la propiedad social, así como el derecho humano a un ambiente sano.
Con el decreto, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, junto con la Secretaría de Desarrollo Rural, tendrán que promover entre los productores agrícolas el uso de los cultivos orgánicos.
Así como la promoción de la entrega de semillas libres de OGM.
Las medidas inlcuýeron la capacitación de los campesinos sobre el cuidado de los cultivos orgánicos y la supervisión de los mismos para el correcto funcionamiento.
La Suprema Corte recomendó a las autoridades atender las peticiones del Estado Libre y Soberano de Yucatán.