AMLO envía a Congreso reforma para prohibir condonación de impuestos

La condonación de impuestos por influyentismo a minoría del 0.2% del padrón hacendario, quebrantos hasta por 400 mil millones de pesos 

Congreso recibe iniciativa de AMLO para prohibir condonación impositiva
AMLO envía a Congreso iniciativa para prohibir en la Constitución la condonación de impuestos

Regeneración, 15 de agosto de 2019. AMLO envió la iniciativa de reforma Constitucional para prohibir la condonación de impuestos en México. En el texto se señala que la medida es ante abusos que permitieron favorecer a una minoría, esto por un monto de 400 mil millones de pesos, en quebranto de las finanzas públicas.

Se trata de una reforma al artículo 28 de la Constitución, en materia de monopolios, estancos y condonaciones de impuestos, se agrega.

Lo que se puntualiza además es que se trata de un mecanismo que fue desvirtuado que pasó de medida ante emergencias a condonación “lisa y llana” de una minoría.

En su exposición de motivos el ejecutivo reconoce haber hecho uso de esta atribución ante emergencias en las regiones del país.

Abusos en sexenios neoliberales

Sin embargo, en los últimos sexenios, se ha distorsionado “hasta llegar al punto de otorgar condonaciones generalizadas , prácticamente de forma lisa y llana”, se puntualiza.

Además, “sin que exista un enfoque de política fiscal”.

Quebrantos financieros

Dicha práctica ha causado un quebranto en los ingresos financieros del Estado, “además de que ha provocado un desequilibrio en la carga fiscal”.

Desequilibrio que recae en el conjunto de la sociedad en detrimento de los contribuyentes cumplidos, añade.

Dicho sea con toda claridad, dice la iniciativa

La iniciativa de reforma a la Constitución, invoca señalar con claridad los hechos:

“Debe decirse con toda claridad que, en los últimos tiempos, como lo demuestran los datos, la condonación de impuestos ha favorecido a grandes potentados que, mediante el influyentismo y la corrupción, se han beneficiado con privilegios en perjuicio de la mayoría de los contribuyentes y de la hacienda pública” 

La exposición de motivos

Durante las administraciones anteriores, de un universo de más de 70 millones de contribuyentes, a una minoría de más de 153 mil, es decir, al .2% del padrón, se les condonaron 400 mil millones de pesos.

Por ello, la iniciativa plantea modificar la redacción del artículo 28, primer párrafo, de la Constitución política para que la redacción sea:

Art. 28. “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, así como las prohibiciones a título de protección a la industria.

En la exposición de motivos el presidente dice que como lo demuestran los datos, en los últimos tiempos:

“La condonación de impuestos ha favorecido a grandes potentados que, mediante el influyentismo y la corrupción, se han beneficiado con privilegios en perjuicio de la mayoría de los contribuyentes y de la hacienda pública.”

Y proporciona el dato de que nada más en los dos últimos sexenios se condonaron 400 mil 902 millones de pesos a solo 153,530 contribuyentes.

El 20 de mayo de 2019, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el cual se dejan sin efectos los decretos y diversas disposiciones de carácter general emitidos en términos del artículo 39, fracción 1 del Código Fiscal de la Federación.

De este modo la administración federal generaba las bases para garantizar a las mexicanas y los mexicanos la imposibilidad de otorgar condonaciones de impuestos en beneficio de unos cuantos y en detrimento de la mayoría de la población.

Texto de la iniciativa

 

DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO
28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, así como las prohibiciones a título de protección a la industria.

TRANSITORIOS

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del presente Decreto en un plazo que no excederá de un año a partir de la entrada en vigor del mismo.