Cofepris retira del Metro mil 100 pomadas Mariguanol y MariguÁrnica

mariguanol

La Ley General de Salud establece en su artículo 234 la lista de productos prohibidos y entre ellos están los estupefacientes, que no pueden ser utilizados en algún producto de uso humano.

Regeneración, 09 marzo 2017.- Hasta el día de hoy, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) decomisó dentro y en los alrededores de estaciones del Metro de la Ciudad de México, mil 100 envases de las pomadas de Mariguanol y MariguÁrnica, bálsamos que aseguran estar hechos a base de marihuana y peyote.

En una solicitud de información vía transparencia, el organismo federal informó que la totalidad del aseguramiento de estos ungüentos se hicieron en establecimientos dentro de las líneas 1 y 3, así como en tiendas ubicadas en los alrededores de la línea 2 del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México. La Cofepris detalla que estos decomisos ocurrieron en agosto de 2016.

En agosto pasado, el diario El Universal informó que vendedores ambulantes que laboran en el Metro de la capital del país ofrecen por 10 pesos estos bálsamos elaborados, supuestamente, con marihuana y peyote, las cuales prometen sanar dolores musculares en minutos.

“Usted puede dar tres masajes por 10 minutos a personas que vienen padeciendo dolores fuertes”, señalan los mercaderes.

En 15 minutos le aseguran al usuario quitarle dolencias sin importar lo fuerte que tengan el malestar niños, jóvenes y adultos: “Se llevan lo mejor para el dolor. Sólo por 10 pesitos, ¿alguien la quiere llevar a su casa la pomada?”, mencionan repetidamente al ofrecer MarihuanÁrnica a los capitalinos que abordan ese transporte público.

La Cofepris informó en esa ocasión que estas pomadas no cuentan con registro sanitario, y explicó que cualquier producto hecho con marihuana o peyote está prohibido por la Ley General de Salud.

En caso de que por prescripción médica sea necesario importar algún artículo de esos, se necesita el requerimiento para que pueda entrar al país.

“La Ley General de Salud establece en su artículo 234 la lista de productos prohibidos y entre ellos están los estupefacientes, que no pueden ser utilizados en algún producto de uso humano.

“En todo caso, los productos elaborados con cannabis sativa tienen que contar con un permiso de importación y la receta de un médico, en la que se establezca la obligación de un medicamento o el tratamiento para que la persona lo utilice, y en función de ello, la Cofepris otorga el permiso de importación exclusiva”, explicaron en la dependencia.

 

Con información de El Universal