La diputada local Simey Olvera Bautista extrajo párrafos, que tienen modificaciones en montos y nombres de dependencias y entidades, del Estímulo Fiscal a la Creación Artística de Nuevo León para elaborar su propuesta de ley.
Regeneración, 12 de julio de 2017.- La diputada perredista, Simey Olvera, copió la estructura y sentido del articulado de la Ley de Mecenazgo del estado de Jalisco.
El martes 4 de julio, la presidenta de la Comisión de Cultura convocó a representantes de expresiones artísticas de Hidalgo para que observaran el acto en el que presentaría la iniciativa de Ley de Mecenazgo para el estado de Hidalgo.
Sin embargo, al buscar en la red la palabra mecenazgo, inmediatamente aparece la ley de Jalisco, con misma estructura, pero aprobada desde junio de 2014 y presentada por el entonces diputado priista, Jaime Prieto, desde 2013.
En la iniciativa presentada por la legisladora perredista en el primer artículo al igual que la de Jalisco se menciona que se trata de una ley de orden público y de “aplicabilidad” en el estado.
En el Artículo 2, la propuesta de Simey Olvera al igual que la de Jalisco explica qué es mecenazgo, menciona el concepto de mecenas, y quién es el “beneficiario” en el que podría recaer el apoyo.
En el tercer artículo, similares en sentido, se indica el objetivo del mecenazgo en la entidad.
La propuesta de la diputada de representación proporcional incluye un artículo en el que especifica lo que es el “mecenazgo público”, no así la de Jalisco.
Sin embargo, en el siguiente artículo (cuarto) nuevamente retoma la estructura de la ley aprobada en el estado del tequila donde refiere los requisitos para ser beneficiario del mecenazgo y quién puede aspirar a obtener el apoyo.
El artículo cinco propuesto por la diputada establece “Para ser mecenas se deberá de estar al corriente de las demás obligaciones fiscales que las leyes en la materia establecen”, mientras que el de Jalisco dice “El mecenazgo podrá sujetarse a los incentivos fiscales que contemple la Ley de Hacienda”.
También se habla de incentivos fiscales, en el artículo siete de la iniciativa, lo cual se establece de manera muy similar en el seis de la ley jalisciense.
Respecto al monto de mecenazgo, ambas lo contienen, y hablan de una cantidad muy cercana, siete mil 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), para el caso de Hidalgo y siete mil 750 días de salario mínimo general vigente en Jalisco.
Otra similitud entre ambas leyes, es que se pide a la Secretaría de Cultura elabore el reglamento respectivo, bajo requisitos parecidos, con la diferencia que para Hidalgo se imponen ocho numerales y en Jalisco son siete, la primera en el artículo 11 y la segunda en el octavo.
Asimismo, se establece la obligatoriedad de los beneficiarios de presentar informes, en la iniciativa debe ser de manera bimestral, en donde se desglosen los gastos realizados, los financiamientos recibidos, así como el grado de avance en la ejecución del proyecto o actividad cultural y en Jalisco el informe es trimestral. (Contenidos en los artículos 12 y 9, respectivamente).
Cabe mencionar que la iniciativa de la diputada Simey Olvera adiciona un artículo en el que se establece la creación de una Comisión Estatal para el Financiamiento al Arte y la Cultura por Mecenazgo.
Puntualizó que este “organismo tendrá a su cargo velar por la correcta y transparente asignación de los recursos”, para el caso de Jalisco ese tema fue abordado y explicado en el reglamento respectivo.
SIMILITUDES CON LA LEY DE JALISCO
Entre la propuesta para Hidalgo, contenida en el artículo segunda de la iniciativa, y la Ley del Mecenazgo Cultural del Estado de Jalisco existen similitudes en los objetivos, conceptos y en la elaboración de un reglamento.
El artículo uno de la norma jalisciense detalla:
“Esta ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular el mecenazgo destinado a incentivar la participación en el financiamiento de proyectos culturales”.
La propuesta de Olvera Bautista sobre la Ley de Mecenazgo para el Desarrollo y Promoción Artística y Cultural del Estado de Hidalgo dice:
“La presente ley es de orden público e interés general, y tiene por objeto principal el establecer una regulación del mecenazgo tendiente a promover el financiamiento de actividades de carácter artístico y/o cultural”.
El artículo 8, fracción V, de la norma tapatía faculta a la Secretaría de Cultura local para:
“Elaborar y publicar durante los meses de julio a agosto y de enero a febrero de cada año, un informe, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Jalisco, que contenga los montos erogados durante el primero y segundo semestres del ejercicio fiscal respectivo, según corresponda, así como la relación de mecenas, personas y proyectos beneficiados”.
La propuesta de la legisladora hidalguense determina que a la dependencia estatal le corresponde:
“La elaboración y publicación de un informe anual, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado Hidalgo, en el que se den a conocer los financiamientos logrados en materia de cultura, así como los montos de los mismos, los tutores, personas y proyectos beneficiados e involucrados”.
Con información de: La Silla Rota y Criterio