Edomex gana primer lugar… en violaciones

En promedio, el 10 por ciento de las mujeres que sufren abuso sexual, lo denuncian, y de ese 10 por ciento, sólo el 2 por ciento de los agresores tienen sanción; el Edomex lidera agresiones.

 

Regeneración, 28 de mayo de 2018.- De todas las entidades del país, el Estado de México es la que más violaciones ha registrado, indicó el informe de Incidencia Delictiva del Fuero Común del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

De acuerdo con sus números en los primeros cuatro meses del año, el Estado de México hubo 541 denuncias por violación, 327 por violación simple (es decir la introducción del miembro viril de manera anal, vaginal u oral); mientras que 215 casos son por violación equiparada (introducción anal y vaginal de un objeto distinto al miembro viril).

En el mismo periodo de 2017, fueron registradas 619 denuncias, lo cual implica una reducción del índice de 12.4 por ciento para este año. No obstante, la tendencia de ese delito, durante los primeros cuatro meses de 2018 fue creciente y sumó 32 casos más en abril en comparación con enero.

María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), explicó que en promedio en el país, 10 por ciento de las mujeres que son violadas denuncian y de esos casos sólo en el 2 por ciento el agresor tiene una sanción.

“A las mujeres les da vergüenza hablar de esto porque se les responsabiliza de provocar el delito, con las autoridades existe mucha impunidad, cometen violencia institucional porque las culpabilizan de que provocó el delito”, señaló.

Además de las violaciones, en general la violencia de género ha aumentado, siento el feminicidio su versión más cruel.

De acuerdo a la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos para Fines Estadísticos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), el feminicidio consiste en privar de la vida a una mujer, por razones de género. Se entiende que existen razones de género cuando en la privación de la vida, se presente alguna de las siguientes circunstancias:

Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad;

Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación sentimental, laboral, escolar, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad

III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

A la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o presente marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, o éste sea mutilado;

Hayan existido amenazas, acoso o lesiones del agresor en contra de la víctima;

El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público;

VII. La víctima haya sido incomunicada.

Vía Reforma/Debate