Indígenas acusados de matanza de Acteal no serán indemnizados aunque fueron mal procesados

Las faltas al debido proceso que se determinó hace dos años no los hacen acreedores a una indemnización, determinó la Suprema Corte.

 

acteal

Regeneración, 07 de septiembre de 2016.- La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Procuraduría General de la República (PGR) no debe indemnizar a los dos indígenas acusados y sentenciados por participar en la matanza de Acteal.

Ambos indígenas fueron liberados en 2014 cuando la primera sala de la SCJN indicó que se había violado el debido proceso en su caso por el que los condenaron a 36 años de prisión.

Los ministros determinaron que las personas consignadas por la Procuraduría General de la República, con base en pruebas ilícitas no son beneficiarias de indemnización patrimonial del Estado; tampoco si los quejosos permanecieron presos más de once años producto de dicho proceso.

La sala, consideró correcta el proyecto elaborado por el ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán, donde se precisó que “el hecho de que jurisdiccionalmente se declare la ilegalidad del acto impugnado “no implica, necesariamente, que se tenga por acreditadas la actividad irregular del ente estatal”.

El ministro consideró que, “con independencia de las determinaciones que lleguen a emitir los jueces federales, respecto a la inocencia o culpabilidad de los procesados, no se le puede atribuir” a la PGR que haya incurrido en una actividad administrativa irregular o anormal”, pues “basta con que haya cumplido” el Ministerio Público federal con aportar la carga la existencia del cuerpo del delito y la probable responsabilidad penal”.

Según la PGR, los indígenas Manuel Luna Pérez y Pedro López López, habrían sido responsables de la matanza de 45 indígenas de su misma etnia en el poblado de Acteal, municipio de Chenalhó, Chiapas, en 1997.

Los indígenas exigieron que se aplicara la responsabilidad patrimonial del Estado, dereivada de los daños causados por la actividad administrativa irregular de los agentes policiales de la PGR, consistente en la aportación de pruebas ilícitas al procedimiento penal, a fin de imputarles la comisión de diversos delitos de orden federal.

El caso llegó al Alto Tribunal porque los inculpados interpusieron un amparo porque la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y administrativa se negó a otorgarles la indemnización.

Vía La Jornada y Milenio