TEPJF censura al presidente AMLO y atenta contra la libertad de expresión

De forma sorpresiva, una vez más el TEPJF atentó contra la libertad de expresión y dice que el presidente AMLO no puede hablar de temas electorales.

De forma sorpresiva, una vez más el TEPJF atentó contra la libertad de expresión y dice que el presidente AMLO no puede hablar de temas electorales.

RegeneraciónMx, 13 de julio de 2023.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) una vez más hace de las suyas y ahora pide al Presidente Andrés Manuel López Obrador de abstenerse de realizar pronunciamientos sobre temas electorales.

Con la resolución anterior, tomada por unanimidad, los magistrados que integran el pleno de la Sala Superior confirmaron las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, en su vertiente de tutela preventiva.

Esa medida, que está llegando a tintes de censura, tuvo como fin ordenar al mandatario “abstenerse de realizar pronunciamientos, bajo cualquier modalidad o formato, sobre temas electorales en respeto a los principios de imparcialidad y neutralidad”.

El PAN, tras la censura del TEPJF al presidente AMLO

El caso se originó gracias a una denuncia del PAN por las manifestaciones realizadas en la mañanera del 26 de junio pasado, en las que se lee en la queja, “descalificó a la oposición” y mostró apoyo a Morena.

Según el INE, el mandatario ya había emitido pronunciamientos vinculados con temáticas electorales en las conferencias matutinas del 27 de marzo, 19 de abril; 9, 11, 15 y 24 de mayo e indicó que ya se le había conminado a ajustarse a los parámetros constitucionales.

Ante esto, se le ordenó abstenerse de emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, de forma que cuide que su actuar se ajuste a los principios de imparcialidad y neutralidad.

En contra de esa determinación, el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, el coordinador general de Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, así como el presidente de la República, presentaron un recurso ante la Sala Superior la cual fijó los tres criterios:

—Es posible dictar medidas cautelares respecto de las manifestaciones denunciadas, porque la difusión de su archivo audiovisual y versión estenográfica se mantiene en el tiempo.

—La medida consistente en una abstención de pronunciarse sobre temas electorales se justifica en el posible riesgo de afectar los principios constitucionales de los procesos electorales, aun cuando estos no hubiesen comenzado.

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— La medida no se dictó sobre hechos futuros, de realización incierta, dada la posibilidad de la reiteración de la conducta, ya que en diversas ocasiones se ha conminado al presidente a ceñirse al marco constitucional.

El TEPJF dice que la medida “no se trata de una censura previa, por la previsibilidad de la conducta (al ceñirse a la emisión de manifestaciones sobre temáticas electorales), así como el deber del servidor público de preservar la imparcialidad y neutralidad de los procesos democráticos”.

¿Quién está detrás de esta decisión?

La persona detrás de este planteamiento no solo es el PAN, la consejera del INE, Claudia Zavala, fue la quien dio entrada a la queja del partido político y agregó las medidas cautelares que aprobó el TEPJF.

El documento señala lo siguiente:

-Al Presidente de la República, que se abstenga bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, en especial respecto de aspirantes a algún cargo o fuerzas políticas, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

-Se vincula a la Consejería Jurídica, al titular de la Coordinación General de Comunicación Social, Vocería del Gobierno de la República; al Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales CEPROPIE, así como a cualquier otra persona Servidora Pública que participe dentro del formato informativo de las conferencias matutinas conocidas como “mañaneras”, a colaborar en el cumplimiento de las medidas cautelares emitidas en el presente acuerdo.

-Criterio similar fue sostenido en el Acuerdo identificado como ACQyD-42/2023 y confirmado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-64/2023 Y SUP-REP-65/2023, ACUMULADOS, así como en el acuerdo identificado como ACQyD-93/2023, confirmado por el referido órgano jurisdiccional al resolver el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-133/2023 y acumulados y ACQyD-120/2023.

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A efecto de garantizar el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe precisarse que en términos de lo dispuesto por el artículo 109, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, puede ser impugnado el presente Acuerdo mediante recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.

Consecuentemente, con fundamento en lo establecido en los artículos 459, párrafo 1, inciso b), y 471, párrafo 8, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 28, 29, 30, 31 y 38, párrafo 1, fracción I del Reglamento de Quejas y Denuncias, se emite el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO. Se declara procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas, en los términos y por las razones establecidas en el considerando CUARTO, de la presente resolución.

SEGUNDO. Se ordena al Presidente de la República, que en un plazo que no podrá exceder de veinticuatro horas contadas, a partir de la notificación del presente acuerdo, realice todas las acciones, trámites y gestiones necesarias, por sí o a través del servidor público que se encuentre en aptitud material y jurídica de realizarlo, proceda eliminar o modificar las publicaciones que contiene los audiovisuales y/o versiones estenografías de la conferencia matutina del tres, cuatro, cinco y siete de julio de dos mil veintitrés, en cualquiera plataforma oficial, respecto de las manifestaciones objeto de pronunciamiento por parte de esta Comisión.

Se espera que el presidente AMLO emita un mensaje este viernes respecto a este tema ya que sería un intento de censurar la libertad de expresión que se ha abierto en el país.

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