Migrantes recluidos en centros de detención no gozan de derecho consagrado de audiencia. Jueces no tomarán posiciones nacionales sino caso por caso
Regeneración, 13 de junio de 2022. La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió que el derecho de audiencia para liberación, no aplica a migrantes ilegales recluidos.
Asimismo la medida fue llamada «revés a los migrantes presos en centros de detención tras cruzar ilegalmente la frontera».
EE. UU.
Al tiempo que se indica no solo que el máximo tribunal de justicia del país dictaminó que migrantes no tienen el derecho consagrado de solicitar una audiencia de liberación.
Sino que, «incluso después de seis meses de detención».
Cabe destacar que se señalan casos de migrantes mexicanos detenidos tras cruzar ilegalmente la frontera sur de EE.UU.
Los cuales, pidieron no ser devueltos a su país citando amenazas de tortura allí.
Seguidamente, tras varios meses sin respuesta, exigieron el derecho a comparecer ante un juez para, a la espera del resultado del procedimiento, quedar en libertad bajo fianza.
En 2019, la justicia les había dado la razón y consideró que tras seis meses de detención tenían derecho a tal audiencia.
NO
Por otra parte se destaca que sin pronunciarse sobre la cuestión de la duración de la detención, la Corte Suprema consideró por unanimidad que nada en la ley les otorga este derecho.
Además, su mayoría conservadora agregó en un segundo expediente que los jueces federales no podían tomar decisiones nacionales en estos casos, sino solo caso por caso.
Y es que en EE.UU, la ley normalmente fija el plazo para aplicar una orden de expulsión en 90 días, pero autoriza en determinados casos a ir más allá.
Cifras
Al tiempo que las agencias destacan que del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021, el tiempo promedio de detención de migrantes fue de 45.7 días.
Lo anterior, según estadísticas oficiales.