Ante fauna devastada, incongruente autorizar cacería ‘deportiva’

Cacería furtiva, comercio ilegal, protocolos de protección con trámites engorrosos y con solo 5% de efectividad, ponen en peligro a especies
Regeneración, 30 de agosto del 2018. Ambientalistas denunciaron como “incongruencia total”, que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales autorice la cacería deportiva en especies que se encuentran en categoría de riesgo, que incluye la tendencia a la extinción.
En entrevista a Regeneracion.mx , ambientalistas del Proyecto Santa María señalaron que existe una “incongruencia total” el tener una norma en donde se enlista a las especies de fauna en riesgo e incluso se penalice su posesión y por otra parte se autorice la cacería deportiva.
Los ambientalistas detallan que se trata de “la Norma Oficial Mexicana 059- SEMARNAT 2010, enlista especies de fauna con categoría de riesgo (algunas tienen tendencia a la extinción), así como el artículo 420 Fracción IV del código penal federal, castiga con cárcel a quien afecte a estas poblaciones”.
Contradictoriamente señalaron, la misma SEMARNAT autoriza el aprovechamiento cinegetico (caza por “deporte o placer”, con el previo pago de cintillos) en varios estados del país, de muchas de las especies protegidas por la citada norma, aun sabiendo que tienen una tendencia nacional a la baja, incluso algunas ya en peligro de extinción, y otras protegidas por tratados internacionales firmados por México, lo que agrava la situación de estas especies.
Explicaron que la recuperación de poblaciones animales en riesgo es rebasada por esos “aprovechamientos” cinegeticos, por la caza furtiva y por el comercio ilegal.
Según mediciones “la PROFEPA, con sus lentos y engorrosos protocolos de actuación, solo tiene menos del 5% de efectividad en el combate real de estos delitos”, denunciaron.
Explican que en teoría la caza regulada, acompañada de la conservación de ciertas superficies, conocidas como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMAS), debería funcionar pero en la práctica los estudios poblacionales de los cuales se deriva el numero de aprovechamientos son hechos por técnicos pagados por las umas.
“Lo que de entrada debería tomarse con más cautela”, en la medida que son técnicos pagados por los interesados en la cacería.
A eso le agregamos que el combate a la caza furtiva y el comercio ilegal es casi nulo, denunciaron.
Por ejemplo, en el caso de los felinos, todos se encuentran protegidos, tanto por disposiciones nacionales o internacionales, sin embargo en la “temporada de caza”  sin embargo, por ejemplo en el caso del puma se autoriza su caza en 12 entidades de la República.
El calendario de cacería o aprovechamiento cinegético, se indica que solo se puede poseer un ejemplar de puma cazado, pero no dice cuantos pumas en total se pueden cazar ni en todo México ni en cada una de las entidades federativas.
De hecho, en el documento no se indica el total nacional de ejemplares que pueden ser cazados, por lo menos legalmente.
Otro ejemplo: “en el caso de Yucatán especies como el hocofaisán ya estén prácticamente extirpadas del estado y otras como el pavo ocelado y el venado temazate”, y sin embargo se permite su cacería.
Además, dijeron que se trata de un gran negocio. Explicaron que los animales son rutinarios en sus hábitos, y que por ello es posible saber dónde y a qué horas será posible localizar al animal.
Entonces se montan espectáculos, supuestas cacerías, que dejan una gran derrama económica y finalmente se “caza” al animal que los dueños de las UMAS ya tienen totalmente localizado.
Finalmente Proyecto Santa María, señaló a este medio, “se requiere un análisis y la intervención de legisladores que modifiquen estas incongruencias en la ley, pues las restricciones para la tenencia y reproducción de algunas especies fomentan el mercado ilegal de la que aún quedan en vida silvestre”.
Aun estamos a tiempo, no esperemos a que el daño sea irreversible – puntualizaron.

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