Sin discusión y convocada de manera urgente, las comisiones de comunicaciones del Senado aprobaron la llamada Ley Televisa Döring.
Regeneración, 26 de octubre de 2017.- Mucha prisa tenían los senadores del verde y el PRI, quienes de manera urgente convocaron a las Comisiones de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos, para hacer una aprobación exprés de la Ley de Radiodifusión y Telecomunicaciones, mejor conocida como Televisa Döring, en referencia al diputado que la propuso, Federico Döring.
Mientras varios opositores plantearon esperar para discutir las reformas, como la panista Marcela Torres Peimbert, quien propuso posponer la discusión, propuesta que fue desechada por legisladores del PRI y Verde, encabezados por Gerardo Flores, quienes dijeron que era necesario dictaminarla lo más rápido posible.
“Los comunicadores de Televisa y TV Azteca quieren tener lengua suelta en el proceso electoral del 2018”, afirmó el senador Fidel Demédicis, del bloque PT-Morena, quien también argumentó en contra.
“No pretendamos tapar al sol con un dedo: TV Azteca y Televisa ya le jalaron las orejas a la telebancada en el Senado para que se pase tal cual esta minuta”.
Esta reforma, aprobada también en la Cámara de Diputados, elimina la “suspensión precautoria” de transmisiones como sanción para los concesionarios que violenten los derechos de las audiencias, privilegia la “autoregulación” de las empresas de comunicaciones y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), se convierte en un vigía en materia de derechos de las audiencias.
Según las reformas, aprobadas en abril de este año en la Cámara de Diputados, cada concesionario deberá emitir libremente un Código de Etica y no estará sujeto a convalidación o revisión previa o posterior del IFT o de alguna autoridad. Asimismo, designarán libremente al defensor de la audiencia.
Uno de los puntos más criticados de esta ley por parte de organizaciones dedicadas a la defensa del derecho a la información, como la AMEDI, Artículo 19 y otras, es que abre la posibilidad de violentar la prohibición absoluta establecida en el artículo 6 constitucional para presentar como información u opinión lo que, en realidad, es publicidad.
Vía Proceso