Diputados aprueban Ley de Remuneraciones: nadie por encima de 108 mil

Remuneraciones de funcionarios estarán topadas. La Cámara aprobó el dictamen con 318 votos a favor, 12 en contra y 99 abstenciones. Cinco mil funcionarios se habían amparado

Regeneración, 10 de octubre del 2019. Remuneraciones de funcionarios tendrán un tope. La Cámara aprobó el dictamen que limita los sueldos a 108 mil pesos mensuales y los estados deberán publicar los parámetros para evaluar la responsabilidad de cada funcionario y con ellos su sueldo.

El dictamen aprobado este jueves establece que se deberán tabuladores desglosados con las actividades y responsabilidades de cada funcionario.

En mayo pasado, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó una aclaración al Congreso de la Unión:

Manifestar en esa ley los parámetros salariales.

Cinco mil 165 funcionarios han presentado amparo contra la ley que les impide ganar más de 108 mil pesos mensuales.

Jueces, magistrados, consejeros electorales, trabajadores del Banco de México y de la Secretaría de Gobernación, entre otras dependencias, se habían amparado.

Esto con el fin de ganar más que el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Sin embargo, este jueves se aprobó el dictamen de reforma a los artículos 116 y 127 de la Constitución, con 318 votos a favor, 12 en contra y 99 abstenciones.

Esta reforma que se aprobó en lo general, incide en las remuneraciones de servidores públicos, para que nadie gane más que el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El dictamen de la reforma establece que los poderes estatales estarán obligadas al siguiente procedimiento:

Deberán incluir en sus tabuladores desglosados con las actividades y responsabilidades de cada funcionario, y así poder determinar su sueldo mensual.

Estarán sujetos a este procedimiento los poderes estatales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las personas de derecho público, órganos y organismos con autonomía.

El amparo interpuesto
En mayo pasado, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión aclarar en esa ley los parámetros.
Mediante éstos se fijaría el sueldo presidencial, que serviría como tope para definir los ingresos del resto de los funcionarios públicos.
Los amparos fueron promovidos contra esa ley tanto de su texto original de noviembre pasado como del reformado que se publicó el pasado 19 de abril, de acuerdo con el diario El Sol de México.
El máximo tribunal ordenó en diciembre pasado que todos los amparos fueran aplazados mientras resolvía las primeras controversias sobre el asunto, lo que ocurrió hasta mayo siguiente.
Sin parámetros
Los ministros acotaron que si bien es constitucional que se establezca que ningún servidor público puede ganar más que el Ejecutivo federal, la norma de remuneraciones carecía de parámetros.
Es decir, no existían los criterios para fijar esta percepción, en otras palabras, no explica los elementos, métodos o procedimientos para respetar esa proporcionalidad.
Esta proporcionalidad se orienta en los grados de responsabilidad, pues entre más es ésta el salario deberá incrementarse de manera proporcional.