Diputados avalaron Ley de Fiscalía General

Con 341 votos a favor y 119 en contra, se dio el primer aval a la ley de Fiscalía General que pasará al Poder Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

 

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Regeneración, 12 de diciembre de 2018.- Diputados aprobaron este martes, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, y pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

Con 341 votos a favor, 119 en contra y una abstención el documento que reglamenta la organización, se aprobó el funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General, como un órgano público autónomo, a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación.

Con 296 votos a favor, 138 en contra y una abstención, se aprobó en lo particular y en términos del dictamen los artículos reservados.

El dictamen señala que el nombramiento del fiscal general se basará en el actual artículo 102 constitucional, que da la facultad al presidente de la República de elegir una terna que pondrá a consideración del Senado.

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Si el Ejecutivo no recibiera la lista en el plazo citado, enviará libremente al Senado una terna y designará provisionalmente al fiscal general, quien ejercería sus funciones hasta que haya una designación definitiva. El encargado de la Fiscalía podrá formar parte de la terna.

La Cámara de Diputados aprobó este martes, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, y pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

En lo general, se avaló con 341 votos a favor, 119 en contra y una abstención el documento que reglamenta la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General, como un órgano público autónomo, a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación.

Con 296 votos a favor, 138 en contra y una abstención, se aprobó en lo particular y en términos del dictamen los artículos reservados.

El dictamen señala que el nombramiento del fiscal general se basará en el actual artículo 102 constitucional, que da la facultad al presidente de la República de elegir una terna que pondrá a consideración del Senado.

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Si el Ejecutivo no recibiera la lista en el plazo citado, enviará libremente al Senado una terna y designará provisionalmente al fiscal general, quien ejercería sus funciones hasta que haya una designación definitiva. El encargado de la Fiscalía podrá formar parte de la terna.