Farsa legislativa sobre pocitos de carbón

minerosRegeneración, 28 de abril del 2015. «Por carecer de argumentos técnicos y legalizar la práctica de extracción de carbón por medio de los “pocitos”, en los que han muerto 105 personas en los últimos nueve años, la Organización Familia Pasta de Conchos expresó su rechazo al dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que hoy discutirá el senado de la República. La modificación, denunciaron, deja la puerta abierta a la impunidad para dueños y concesionarios en caso de muerte de mineros». Informó el Centro de Derechos Miguel Agustin Pro.

La reforma al artículo 343 E señala expresamente que “queda prohibido el trabajo en pozos o cuevas para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros”, por lo que la Organización cuestiona cómo un pocito de 101 metros será más seguro que uno de 99. “Además, se abre la posibilidad de que dueños y concesionarios de las explotaciones carboníferas queden impunes por la muerte de trabajadores – sobre todo en el caso de la minería ilegal-, entre otros fallos”, detallaron en boletín de prensa.

El colectivo de defensores y familiares de víctimas de la explosión de la mina Pasta de Conchos, sucedida en 2006, informó que actualmente  hay  pozos  operando  a  más  de  80 metros, por lo que “es  solo  cuestión  de  tiempo  para  que comiencen a operar a más de 100 metros”, lo que conlleva mayores riesgos por la acumulación de gas,  mantos  acuíferos,  derrumbes,  etcétera. Los pocitos son tiros verticales sin salida ni ventilación, cuya estructura es insuficiente para garantizar la seguridad de los trabajadores.

En la reforma a la LFT se autoriza la operación de tajos y tiros inclinados -que es el tipo de extracción en la que se han registrado más accidentes- pero no se establece la forma de operación ni las sanciones para quienes operen de manera ilegal o para la reparación del daño ambiental una vez que se abandonan los tajos, critica la Organización.

La modificación propone  penas  de  prisión  de  6  a  9  años  y  multa  de  10  mil  veces  el  salario  mínimo general vigente en el Distrito Federal, “cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores,   por  la  realización   de  trabajos  de  extracción   de  carbón,  mediante   tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal”.

“No  cabe  duda,  de  que  no  es  la  vida  de  los  mineros  lo  que  importa.  ¿Cómo puede ser aceptable una propuesta de reforma, si matan a 1 a 15 o a 65 y la pena es la misma? ¿Por qué no se acumula y se aplica la penalización por cada minero muerto? Es  una  penalización,  que  pretenden  aplicar  a  pozos  y  cuevas,  pero  no  incluye  otras formas de minería como las de Pasta de Conchos, donde se probó que la empresa fue la  responsable  de  la  muerte  de  65  mineros.  Tampoco se incluye a  las  minitas  de arrastre”, criticaron las y los defensores.

En febrero del 2014, la Organización Familia Pasta de Conchos mostró a senadores y senadoras que los tiros verticales conocidos como pocitos, las cuevas y las ahora llamadas minitas de arrastre “representan una ilegalidad y son un modo estructural de extracción de carbón perverso en sí mismo”, por lo que demandaron la prohibición irrestricta de las tres formas de explotación, “ya que en ellas falleció la mayoría de los 105 mineros del carbón posteriores a los 65 de Pasta de Conchos”, recordaron.