Ley Bonilla es inconstitucional, considera el TEPJF

Ley. La opinión técnica servirá a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que emita el fallo definitivo acerca de la constitucionalidad del ampliación de mandato

Regeneración, 3 de diciembre del 2019. En calidad de “opinión técnica”, los siete miembros del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), consideraron que es inconstitucional la reforma aprobada por el Congreso de Baja California mediante la cual se amplía de dos a cinco años el periodo de Jaime Bonilla como gobernador.

“Se aparta de la regularidad constitucional”, fue la respuesta del TEPJF a la solicitud de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acerca de la reforma publicada el pasado 17 de octubre.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá su fallo definitivo antes las acciones de inconstitucionalidad en contra de la reforma legislativa de Baja California.

El TEPJF consideró que:

“No es válido que se prorrogue el mandato a cinco años que fue conferido al Gobernador por voluntad de los electores para un tiempo determinado de dos años»,

«pues el texto transitorio impugnado de la Constitución local necesariamente debe ceñirse a las disposiciones y principios de la norma suprema”.

De acuerdo con la opinión técnica emitida, el decreto 351, conocido como Ley Bonilla,

“transgredió los principios de certeza, periodicidad de las elecciones, libertad y autenticidad del sufragio, lo mismo que los derechos de votar y ser votados”.

 

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Tras su publicación, ya podrá ser impugnada ‘Ley Bonilla’ en BC
Ley entrará en vigor a partir de este viernes y desde el lunes podrá ser impugnada ante Suprema Corte de Justicia de la Nación

Regeneración, 17 de octubre del 2019. El gobernador Francisco Vega de Lamadrid publicó en el Periódico Oficial del Estado la reforma aprobada por el Congreso de Baja California para ampliar de dos a cinco años el mandato de Jaime Bonilla Valdez.

La reforma entrará en vigor este viernes, por lo que las instancias que así lo determinen podrán iniciar los instrumentos jurídicos que correspondan para impugnarla ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir del lunes 21.

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Gobernador «Kiko» Vega publicó la Ley este jueves. Desde el viernes 18 de octubre entrará en vigor
No intervendrá AMLO

Los interesados tienen 30 días naturales, a partir de que entró en vigor la ley, para presentar los recursos legales.

Uno de los sujetos que puede hacerlo, detalló, es el presidente.

Sin embargo, este mismo martes, Andrés Manuel López Obrador descartó promover acciones legales, pues no quiere intervenir en el caso.

Bonilla asegura que fue por los cinco años

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Jaime Bonilla ha sostenido que él se lanzó como candidato para un periodo de cinco años, como al momento de su registro indicaba la ley.

Sin embargo, ha omitido señalar que se registró en una convocatoria que decía claramente que el periodo de funciones iniciaría el 1 de noviembre de 2019 y concluirá el 30 de septiembre de 2021.

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TEPJF confirma que periodo de Bonilla en BC será de dos años
TEPJF validó la constancia de mayoría que la autoridad electoral local emitió el 11 de junio y consideró infundadas las impugnaciones de tres partidos políticos


Regeneración, 3 de octubre del 2019. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el periodo de Jaime Bonilla como gobernador de Baja California es de dos años.

Este periodo es el mismo que establece la constancia de mayoría que recibió por parte de la autoridad electoral.

Sin mayor discusión, la Sala Superior de la TEPJF desestimó las demandas de los partidos que consideraban que tribunal local debía continuar con la demandada presentada por Bonilla.

Válida la constancia del 11 de junio
Esta demanda de Bonilla se oponía a la constancia de mayoría, para extender de dos a cinco años la gubernatura.
Posteriormente Bonilla se desistió.

Los magistrados declararon la validez de la elección y de la constancia de mayoría que se emitió el pasado 11 de junio en la que se establece el periodo para el que fue electo Bonilla.
Los magistrados consideraron infundadas las impugnaciones del PRD que consideraban que Bonilla Valdez era inelegible.
Esto por supuestamente incumplir los requisitos de nacionalidad y residencia que prevé la ley local.

Recurso infundado, señala el TEPJF
Además de que calificaron como infundado el recurso del partido local Transformemos en el que expuso conceptos de invalidez de la votación recibida en diversas casillas.

Este recurso tenía la pretensión de que se efectuara un ajuste en el cómputo de los resultados.

Apenas el pasado 17 de septiembre, el Tribunal local validó el triunfo de Bonilla Valdez y días después rechazó abordar la ampliación de mandato de dos a cinco años.

Enseguida resolvió que la legitimidad del caso lo debería resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución este miércoles.