Se presentaron también amenazas similares a compañeras, todas ellas mujeres, en el municipio de Oxcutzcab, Yuc., según denunciaron usuarios de la misma red.
El motivo de la instalación en la plaza era el registro de personas como representantes de casilla para participar en la jornada electoral del 1 julio.
Artículo 9°.- No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto o una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.
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