• La contaminación del aire es la segunda causa de muerte de niñas y niños de cero a seis días de nacidos, según el Global Burden of Disease.
• Es responsable del 15% de la muertes por neumonía en niños menores de cinco años, del 22% de las enfermedades y muertes por enfermedades isquémicas del corazón y del 5% de muertes por enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
• México entre los tres países más contaminados del continente. Los vehículos privados, una de las principales fuentes de contaminación.
• La norma oficial mexicana para partículas menores a 10 micras (PM10) rebasa en 140% el límite recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), y en 160% el límite sugerido para las menores a 2.5 micras (PM2.5).
Regeneración, 4 de febrero 2014.-En teleconferencia presentada por especialistas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) se expusieron los impactos de la contaminación del aire, entre los que destacan los efectos provocados en niños y niñas por respirar aire sucio.
La doctora Agnes Soares, asesora regional de la OPS, presentó datos recientes sobre el estudioGlobal Burden of Disease, de acuerdo con los cuales la contaminación del aire por material particulado es la segunda causa de muerte de niñas y niños de cero a seis días de nacidos y la séptima para todas las edades, y dentro de los riesgos ambientales este contaminante es el que presenta mayor número de muertes.
Explicó que la evidencia más reciente demuestra que la contaminación del aire es causa de enfermedades respiratorias, cardiovasculares y cáncer de pulmón. Se estima que por cada 10 µg/m3 de incremento de partículas menores a 10 micras (PM10) hay un aumento de 0,5% de riesgo de muerte.
Ante este panorama, afirmó la doctora Soares, la OMS recomienda directrices más estrictas para reducir la contaminación y mitigar los daños que ésta provoca en la población.
Estos límites de concentración de contaminantes en el aire (partículas y ozono, entre otros) son sugeridos y aplicables a todo el mundo.
En México la norma oficial para partículas menores a 10 micras (PM10) rebasa en 140% el límite recomendado por la OMS, y en 160% el límite sugerido para las menores a 2.5 micras (PM2.5).
Por otra parte, el doctor Carlos Dora, coordinador en el Departamento de Salud Pública y Determinantes Ambientales y Sociales de la Salud de la OMS, destacó que la contaminación atmosférica es responsable del 15% de la muertes por neumonía en niños menores de cinco años, del 22% de las enfermedades y muertes por enfermedades isquémicas del corazón y del 5% de muertes por enfermedad pulmonar obstructiva crónica, esto último debido a la contaminación ambiental por ozono.
En la presentación, el doctor Dora expuso que los vehículos motorizados son una de las fuentes principales de contaminación del aire en las grandes ciudades, por lo que afirmó que un transporte urbano sustentable, debería ser parte de las políticas públicas para contrarrestar el riesgo de la contaminación del aire y su efecto, reduciendo enfermedades crónicas, lesiones y mejorando la equidad en la salud.
Por su parte Alan Jiménez responsable del área de Participación Infantil de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), enfatizó la urgencia de actualizar las normas oficiales mexicanas a los límites propuestos por la OMS, esto como parte de políticas públicas integrales que lleven a garantizar el derecho a la salud de niñas y niños.
A su vez cuestionó la forma en la que actualmente desde dependencias del gobierno federal como PEMEX y Semarnat y gobiernos locales, como el del Distrito Federal, se actúa de forma contraria al oponerse a tener normas más estrictas.
Jiménez insistió que es necesario tener un sistema integral de garantía de derechos de la infancia donde actúen de forma articulada todas las dependencias y los diferentes niveles de gobierno, sólo así se garantizarán los derechos de la infancia, de lo contrario se tendrán paliativos que no resuelven el problema de la mala calidad del aire, ni cumplen con el artículo 4 constitucional donde se establece que el Estado debe garantizar el interés superior de la infancia.
Información: Poder del Consumidor