Pedro Castillo detenido, Congreso lo destituye como presidente de Perú

Castillo es acusado de sedición, abuso de autoridad y grave perturbación a la paz pública de Perú. Prevén que Vicepresidenta jure como titular del Ejecutivo

Pedro Castillo detenido, Congreso lo destituye como presidente de Perú

Regeneración, 7 de diciembre de 2022. Pedro Castillo fue detenido tras anunciar la disolución del Legislativo de Perú y declarar un Gobierno de excepción de emergencia.

Además, los portales indican que tras ser asegurado el expresidente fue trasladado a la Región Policial de Lima.

Por otra parte, rrevio a su detención el procurador general del Estado, Daniel Soria, interpuso una denuncia contra Castillo por la presunta comisión de los delitos de sedición.

Asimismo por abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública.

Perú

Además se destaca que el Congreso de la República logró destituir a Pedro Castillo con 101 votos a favor.

Seguidamente, culminada la votación, la representación nacional ha citado a la vicepresidenta Dina Boluarte a que asuma la presidencia tal como lo señala la Constitución.

Y es que a través de sus redes sociales, se anunció que la ceremonia de juramentación se realizará hoy 7 de diciembre a las 3:00 p.m.

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Mensaje

Así, horas después del Mensaje a la Nación de Pedro Castillo, la vicepresidenta expresó su rechazo al intento de disolución del Congreso.

-“Rechazo la decisión de Pedro Castillo de perpetrar el quiebre del orden constitucional con el cierre del Congreso”.

Lo anterior, escribió en redes para luego calificar de golpe de Estado la decisión de Castillo.

Cabe destacar que el artículo 115 de la Carta Magna de Perú señala que:

– “…, por impedimento temporal o permanente del presidente de la República, asume funciones el primer vicepresidente. En defecto de este, el segundo vicepresidente”.

Sin embargo, en el caso del gobierno de Pedro Castillo no se cuenta con funcionario que ostente el último cargo mencionado.

Así, de no asumir Boluarte la presidencia, sería el presidente del Congreso el encargado de juramentar como jefe de Estado.

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E incluso el mismo artículo señala que de estar impedido el presidente del Congreso, se deberá convocar de inmediato a elecciones.

Congreso

Finalmente el el Congreso recuerda que el artículo 46 de la Constitución Política:

– “…, establece que nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones pública en violación de la Constitución y de las leyes”.

Y, “que son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas”. El texto cuenta con las firmas de José Williams, presidente del Congreso, y Martha Moyano, primera vicepresidenta del Parlamento.