Profepa podría multar hasta por más de 3 mdp por aterrizaje de Gamboa Patrón en arrecife

La Procuraduría del Ambiente impondrá multas de entre los 3 mil 650 pesos y hasta los 3 millones 650mil pesos por el aterrizaje en un lugar donde sólo se permite aterrizar con fines restrictivos.

 

HELICOPTERO ARREIFE ALACRANES

Regeneración, 06 de octubre de 2016.- El aterrizaje en zona protegida que realizó el helicóptero en el que viajaba el senador priista Emilio Gamboa Patrón, tendrá por lo menos una multa pues aunque no hubo afectaciones en los ecosistemas, sí estaba prohibido.

En la zona sólo se permite el aterrizaje con fines de manejo, vigilancia, investigación o emergencia, por lo que se deberá pagar una multa de entre 3 mil 650 pesos hasta los 3 millones 650 mil pesos.

El senador, aunque reconoció que iba en el helicóptero y lo llamó “un error”, no será acreedor de la multa, los que deberán pagar son el arrendatario y piloto del helicóptero, asó como el propietario y el patrón del yate que recogió a los pasajeros.

La inspección que realizó la la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), determinó que hubo violaciones legales y administrativas por el aterrizaje de la aeronave por lo que impondrá multas.

Como resultado de una inspección realizada, del día 3 al 5 de octubre, a denuncia presentada en redes sociales y por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se estableció que el helicóptero Bell 412, matrícula XA-EHP, de la empresa Heliservicios, arrendada por el empresario Emilio Díaz Castellanos, aterrizó en la zona núcleo de esa área natural protegida (subzona de uso restringido), donde sólo está permitido el aterrizaje con fines de manejo, vigilancia, investigación o emergencia.

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Por su parte, el yate “Maharani”, propiedad del citado empresario, tampoco debió navegar en dicho sitio para embarcar a los pasajeros, lo que actualiza una segunda violación legal y administrativa, de acuerdo a las restricciones que impone entre otras disposiciones la LGEEPA, su Reglamento y el Programa de Manejo, para ese tipo de actividades.

Cabe señalar que el navío, al mando de Javier Ricardo Rosel Manzano, contaba con permiso para ingresar al Parque Nacional.

Los términos del Programa de Manejo del Arrecife Alacranes establece que sólo están permitidos aterrizajes o embarques en la Isla Pérez, cercana a la Isla Blanca o Pájaros, lugar donde se registró el incidente.

Los incumplimientos señalados están estipulados de conformidad con la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), su Reglamento y el programa de manejo.

Lo anterior, en virtud de que no está permitido el aterrizaje de aeronaves ni el fondeo de embarcaciones para el ascenso de pasajeros en esa isla.

La Profepa señaló que ante los hechos ocurridos el pasado 30 de septiembre, se emplazará a un procedimiento al arrendador y piloto del helicóptero así como al propietario y el patrón del yate, para en su caso aplicar multas que oscilan entre 50 y 50 mil unidades de medida, es decir entre 3 mil 650 pesos y 3 millones 650 mil pesos.

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La inspección de la Profepa a la Isla Blanca o Pájaros incluyó la evaluación tanto de los ecosistemas marino y terrestre, con especial atención en la zona de aterrizaje y embarque, en atención de una denuncia en redes sociales y de la Comisión Nacional de Áreas Protegidas Naturales (Conanp).

El Parque Nacional Arrecife Alacranes fue decretado el 19 de julio de 1996 con una superficie de 333,786 ha, se caracteriza por ser un área importante de sitios de anidación y descanso de aves marinas que cruzan la ruta del Golfo de México, su riqueza biológica consiste en la presencia de 116 especies de aves, 136 de peces, 24 especies de tiburones y 34 de corales.

Vía el Informador