La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece que quemar cohetes podría ser sancionado hasta con 18 horas de trabajo comunitario
Regeneración, 14 de septiembre de 2019. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales local (Cejur) informó a la ciudadanía sobre las sanciones que pueden presentar a todo aquél que encienda cohetes y juegos pirotécnicos sin permiso de las autoridades de la Ciudad de México.
El artículo 28, fracción VII de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (CDMX), establece que estas actividades podrían ser sancionadas con 18 horas horas de trabajo comunitario.
Lo anterior fue dado a conocer por la Cejur mediante la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, además, informó sobre las tres modalidades con las que se puede ser sancionado.
Las modalidades son arresto de 13 a 36 horas, pago de una multa de 930 a 2 mil 534 pesos, con trabajo comunitario (18 horas), finalmente, hizo un llamado a los ciudadanos a evitar la compra y quema de cohetes durante las fiestas patrias.
También exhortó a presentar las denuncias correspondientes ante los elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), quienes se encargaran de llevar a los acusados con un juez cívico.