Por: Jenaro Villamil | Homozapping
Un documento en Power Point, que circula entre las bancadas del Senado de la República anticipa los “cambios” que el PRI y el gobierno federal pretenden impulsar a la iniciativa del Ejecutivo y a lo que llaman “proyecto de dictamen del senador Lozano”.
Enuncian 23 cambios. La mayoría son de estilo y no de fondo. Algunos, van a generar discusión. Entre esos cambios destacan los siguientes:
1.-Fortalecer a IFT.- Señalan que “para promover el acceso a las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación), la SCT y el IFT se coordinarán a través de un comité”.
Se elimina que SCT formule recomendaciones al programa de trabajo e informe trimestral de IFT.
La cesión de concesiones será autorizada por el IFT y este organismo otorgará concesiones al gobierno federal y locales “previa evaluación del espectro”.
2.-Competencia en Contenidos.-Se le agrega la función al IFT de vigilar y sancionar en temas de publicidad y defensa de las audiencias, pero en programación y publicidad infantil será la Secretaría de Gobernación quien vigile y sancione, así como en programación general y en tiempos de Estado, encadenamientos, concursos, etc.
3.-Medios Públicos y concesiones de uso social.-Presumen que los concesionarios de medios públicos, “al momento de solicitar su concesión”, precisarán al IFT los mecanismos que aseguren su independencia editorial, autonomía de gestión financiera, participación ciudadana y otros.
En las concesiones de uso social, el IFT se coordinará con la Comisión Nacional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas y otras organizaciones para facilitar el otorgamiento de estas concesiones, que podrán obtener ingresos por patrocinios, venta de productos o servicios, sin que se encuentre comprendida la venta de publicidad. No se establece un porcentaje del espectro.
4.-Neutralidad de la Red.-Afirman que “se eliminaron textos que pudieran referirse o interpretarse como restrictivos a la privacidad y al libre acceso a aplicaciones y contenidos, a efecto de asegurar el acceso irrestricto a internet”. Hay que esperar a ver la redacción final de estos artículos.
En su documento, el PRI propone “eliminar la posibilidad de bloquear acceso a contenidos o aplicaciones a petición del usuario o por orden de autoridad competente”.
5.-Derechos de las audiencias.-Los grandes “cambios” que impulsa la parte oficial en esta materia es que los canales de televisión “deberán contar con lengua de señas mexicana en algún segmenteo de al menos uno de los programas noticiosos”.
También se adiciona el derecho de que se respeten los horarios de los programas, se avise con oportunidad de los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales.
Establece que “se deberá hacer uso del idioma nacional o las lenguas indígenas nacionales o, en su caso, utilizar subtitulaje tratándose de televisión”.
Los defensores de la audiencia de medios como Canal 22, IMER, Radio Educación y Noticias MVS enviaron un documento al senado donde advierten que los ocho derechos de audiencia, tal como están planteados, pueden convertirse en “letra muerta” porque no sólo son insuficientes sino que queda a voluntar de cada medio de comunicación. No existe ni un solo mecanismo de sanción.
No se incluyen ni se reconocen aún los derechos de las audiencias en los sistemas de televisión de paga y la Secretaría de Gobernación tendrá un manejo de control político de este tema.
6.-Preponderancia.-Uno de los temas más importantes en la disputa corporativa y del mercado es éste. El documento señala solamente que “se adiciona que el preponderante en radiodifusión podrá ser declarado como tal no sólo por audiencia sino también por capacidad utilizada, acorde con la resolución del IFT”
En ningún momento se plantea que la regulación sea por “servicios” o por “mercados” como ya lo ha propuesto el PRD en la mesa de negociaciones.
El PRI propone que el IFT podría declarar agentes “con poder sustancial” en algún mercado de los sectores de telecomunicaciones o radiodifusión, es decir, llevan la regulación al segundo nivel (poder sustancial de mercado).
7.-TDT- Se elimina la posibilidad de prorrogar el “apagón analógico” hasta el 2017, pero establece que si al 31 de diciembre de 2015 las estaciones de baja potencia no están digitalizadas o no se alcanza el nivel de penetración de receptores (90 por ciento de hogares, según el censo de Sedesol), “el IFT emitirá un programa para que no se prive a la población del servicio público”.
8.-Larga distancia.-Se disminuye de 3 a 1 años el lapso para la consolidación de las áreas de servicio local y la eliminación de los cobros por el servicio de larga distancia.
9.-Multiprogramación.El IFT será la autoridad para autorizar la multiprogramación y establecerá los lineamientos dentro de 180 días siguientes a la entrada en vigor de la ley.
10.-Derechos de usuarios de telecomunicaciones.-Se ofrece como uno de los grandes cambios la delimitación de funciones entre IFT y Profeco. Al IFT le corresponderá “regular, monitorear y vigilar la calidad de los servicios públicos” y a la Profeco “promover, proteger, asesorar, defender, conciliar y representar a los usuarios y consumidores”. No queda claro cómo y qué instancia sancionará el incumplimiento de los 13 derechos básicos enumerados en la ley.